Tribunales

La Audiencia de Madrid avala casi toda la investigación del juez Peinado sobre Begoña Gómez

Atiende parcialmente los recursos presentados y elimina tanto la investigación sobre Globalia como que el objeto de la causa sea toda la vida de Begoña Gómez desde que su esposo es presidente del Gobierno, pero permite investigar los contratos de Barrabés y la relación de la imputada con la Universidad Complutense

Madrid

La sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los magistrados Rosario Esteban, Jesús Gómez-Angulo y Enrique Jesús Bergés, ponente de la resolución, ha estimado parcialmente los recursos presentados por la Fiscalía y el abogado de Begoña Gómez, contra la investigación del juez Juan Carlos Peinado por delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

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En su auto, la Sala reitera al juez Peinado que debe eliminar del procedimiento el apartado dedicado al rescate de Air Europa y a Globalia, salvo que surjan indicios nuevos que permitan reanudar la investigación, y también reprocha al juez que fijara como objeto del procedimiento "todos los actos, conductas y comportamientos" de Gómez "desde que su esposo es presidente del Gobierno".

La Audiencia recalca que esta aseveración de Peinado "no puede admitirse" por ser "genérica e imprecisa" y le conmina a ceñirse a las contrataciones del empresario Juan Carlos Barrabés. A partir de ahí, la Audiencia Provincial de Madrid permite el resto de líneas de investigación abiertas por Peinado y minimiza los argumentos de la Fiscalía o del letrado de Gómez para reclamar el archivo.

Los magistrados avalan tanto las indagaciones sobre el supuesto tráfico de influencias para los contratos de Barrabés, que según detallan, se han visto significativamente incrementados en el periodo bajo sospecha, como las pesquisas sobre la cátedra de Begoña Gómez en la Universidad Complutense de Madrid, su máster y la sociedad Transforma TSC.

La Audiencia concluye que no es una investigación prospectiva

La Audiencia de Madrid rechaza que la investigación abierta por Peinado, en contra de lo afirmado por el fiscal y el letrado de Gómez, sea una causa general y prospectiva. Sostiene la Audiencia que Peinado no inició el procedimiento de forma indeterminada en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción, sino que existían unas sospechas iniciales.

Y que un procedimiento penal no es "inmutable, fijo y predeterminado" desde el inicio de la instrucción, sino que se trata de un "objeto vivo, moldeable y de decantación sucesiva" que va variando y ampliando o no las distintas vías del proceso.

Que la UCO no vea delito no significa que no exista

La Audiencia tampoco comparte la versión del fiscal y de la defensa de Gómez respecto a que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, en sus dos informes a Peinado, no ve delito en las contrataciones de Barrabés.

Exponen los magistrados que la UCO se limita a decir que estos contratos a la UTE Innova Next han sido adjudicados siguiendo los procedimientos reglados, pero ello "no impediría la comisión previa del delito" de tráfico de influencias, advierte la Audiencia Provincial.

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