Tribunales

El Tribunal Constitucional corrige la doctrina que tumbó los decretos del Estado de Alarma por el COVID

El tribunal de garantías avala tres años después que pueda haber restricciones de "alta intensidad" sin recurrir a los estados de excepción o de sitio

Imagen de archivo del edificio del Tribunal Constitucional / Europa Press News

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente un recurso de Vox contra la ley gallega de salud y ha cambiado la doctrina que estableció para tumbar los decretos del Estado de Alarma que aprobó el Gobierno de Pedro Sánchez para luchar contra la pandemia.

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El tribunal de garantías estableció hace tres años que esos decretos no supusieron una restricción de los derechos fundamentales, sino que fue una suspensión efectiva de ese derecho con las medidas establecidas que afectaron a la libertad de movimientos de los ciudadanos con el confinamiento y a los horarios y actividades de la hostelería.

No valía, por tanto, con el Estado de Alarma y era necesario un estado de excepción o de sitio que supone la participación del Parlamento. Ahora, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado, Juan Carlos Campo, se matiza esta afirmación: "El estado de alarma puede establecer limitaciones de alta intensidad en los Derechos Fundamentales siempre y cuando se ajuste a los requisitos constitucionales necesarios y, en particular, siempre que respete el principio de proporcionalidad".

Un cambio que no ha gustado al sector conservador. Cinco magistrados han anunciado que emitirán un voto particular.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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