El Gobierno ha aprobado «permisos climáticos» para los trabajadores mediante la modificación del estatuto de los trabajadores. Es un cambio de legislación en materia laboral que va a suponer novedades en caso de fenómenos extremos como el de la DANA que se acaba de vivir en Valencia. ¿En qué consisten estos permisos climáticos? En caso de que haya circunstancias climáticas extremas, los trabajadores van a poder disfrutar de hasta cuatro días de permiso remunerado, que serán prorrogables hasta que desaparezcan los efectos del temporal. Si pasado el temporal fueran necesarios más días, las empresas podrán acogerse a un ERTE de fuerza mayor, es decir, aquellos que hacen que sea el Estado el que corre con los costes laborales. Esos permisos climáticos se van a introducir en España mediante una reforma del Estatuto de los Trabajadores, según ha explicado el ministro Carlos Cuerpo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Junto a los permisos climáticos, el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz pretende crear un nuevo “derecho de parada verde”. Es una cobertura jurídica para que los representantes legales de los trabajadores puedan acordar la paralización de la actividad de la empresa por riesgos climáticos, sin que puedan sufrir represalias por parte de la compañía. Es decir, que si los representantes legales de los empleados ven en riesgo sus vidas pueden ser ellos los que decreten la parada de la empresa. Fuentes del Ejecutivo aseguran a la SER que pretende hacerse de manera relativamente rápida. En términos legislativos eso significa que el Gobierno pretende aprobar un Real Decreto en el plazo de 12 meses que entraría en vigor siempre antes de 2026. Esos “permisos climáticos” y ese “derecho de parada verde” son medidas de reacción ante tormentas extremas o fenómenos climáticos violentos. Trabajo va a aprobar también medidas de prevención. En concreto, el Ejecutivo va a incluir un apartado para que todos los convenios incluyan a partir de ahora medidas de: