Una jueza de Barcelona condena al Ayuntamiento a pagar el permiso parental de ocho semanas a un empleado
Es una sentencia pionera que obliga a abonar 4.000 euros al trabajador y reprocha al Gobierno no haber traspuesto la directiva europea de conciliación que reconoce el derecho
Madrid
Una jueza de Barcelona, del Contencioso Administrativo número 1 de Barcelona, da la razón a un empleado del Ayuntamiento y reconoce su derecho a cobrar el nuevo permiso parental de ocho semanas por el cuidado de su hijo menor de 8 años.
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Condena al Ayuntamiento a abonarle 4.000 euros. El trabajador ya disfrutó del permiso en 2023, en cuanto el Gobierno lo creó, pero sin remunerarlo incumpliendo así la directiva europea de conciliación. "Bruselas ya ha expedientado a España por incumplir esta directiva y ahora tras esta sentencia pionera es más urgente que nunca solucionar esta cuestión. Exigimos al Gobierno que regule ya este derecho que lleva más de dos años de retraso", dice Eva Fernández de CSIF, la secretaria de igualdad de la CSIF, el sindicato que ha llevado el caso ante la justicia.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, la jueza considera que el permiso debe ser retribuido y reprocha al Gobierno no haber traspuesto todavía la directiva que atribuye, dice, derechos a los particulares.
Permiso sin pagar
El empleado público solicitó el permiso parental retribuido para el cuidado de un hijo menor de 8 años y lo disfrutó entre octubre y diciembre de 2023. Inicialmente el Ayuntamiento consideró el permiso como retribuido pero posteriormente cambió de postura y determinó que no lo pagaría. El trabajador recurrió entonces a los tribunales y ha ganado.
La jueza destaca en la sentencia el carácter vinculante de la normativa europea relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional. Establece que las disposiciones de la normativa "son incondicionales, suficientemente claras y precisas y atribuyen derechos a los particulares". Añade que es innegable que el Estado español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente.
España lleva dos años sin trasponer esa directiva y la Comisión Europea le ha abierto un expediente. En el Real Decreto aprobado en junio de 2023 creó este nuevo permiso parental de ocho semanas para cuidados de hijos hasta los 8 años pero sin el derecho a la remuneración como exige Bruselas.
Aunque es una sentencia de primera instancia que se puede recurrir, CSIF anuncia que promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de las administraciones públicas para que la justicia cree jurisprudencia sobre esta cuestión.