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El Supremo inadmite la demanda contra Pedro Sánchez por su "inactividad" frente a la DANA

La sala de lo contencioso administrativo sostiene que el demandante no está legitimado para emprender acciones judiciales y que el tribunal no es competente cuando se trata de Reales Decretos

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una imagen de archivo / JAVIER LIZON (EFE)

Madrid

El Tribunal Supremo ha tumbado la demanda del abogado, Curro Nicolau, contra el presidente del Gobierno Pedro Sánchez y el Ministro Fernando Grande Marlaska por su "inactividad" frente a la catástrofe climática de la DANA que se cobró la vida de más de 200 personas en la Comunidad Valenciana y Castilla la Mancha.

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Nicolau consideraba que el jefe del Ejecutivo debería haber activado el estado de alarma, pero los magistrados le responden que para ese caso hace falta aprobar un Real decreto y que esté instrumento legal no se puede recurrir ante la sala de contencioso administrativo del Tribunal Supremo.

Además, el alto tribunal rechaza que este abogado pueda estar legitimado para emprender estas acciones legales. Dice la sala que "la legitimación activa no puede extenderse, con carácter general, a los casos en que cualquier ciudadano actúa en defensa del ordenamiento jurídico o del Estado del Derecho, en definitiva, en defensa de la legalidad, toda vez que para estos casos está la acción popular".

Es necesario invocar un derecho lesionado o un interés legítimo "sin que pueda considerarse que la afirmación de haber prestado auxilio a algún familiar con motivo de la DANA, pueda integrar ese interés legítimo".

Concluye que "su preocupación o abatimiento por las gravísimas consecuencias de la DANA, son compartidas por todos los españoles, y de ello no puede extraerse que cualquier ciudadano pueda interponer un recurso contencioso-administrativo al respecto, porque esa generalización, y la genérica invocación, resultan incompatibles con el interés legítimo legalmente exigido".

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...