Los alquileres que se revisen ahora podrán subir un 2,20% si se aplica el nuevo índice de referencia de arrendamientos de vivienda publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) este jueves. La ley por el derecho a la vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y establece que el INE será el encargado de definir un índice de referencia para la actualización anual de los contratos, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados. Con el objetivo de dar cumplimiento a dicha ley, el INE definió este nuevo índice, denominado con las siglas IRAV, como el valor mínimo entre la tasa de variación anual del ÍPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y las tasas de variación anual media ajustada de ambos y el primer dato publicado, correspondiente a noviembre, es del 2,20%. Un alquiler de 1.000 euros debería subir como máximo 22 euros, hasta los 1.022 euros. Un alquiler de 1.500 lo haría 33 euros y uno de 850: 18’7 euros, es decir, hasta los 868’7 euros. El IPC, el índice general y el subyacente, la diferencia entre las tasas de crecimiento anual de ambos índices y un coeficiente moderador definido a propuesta del Ministerio de Vivienda y de la Dirección General de Política Económica que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo de este índice. El límite máximo al que se pueden subir los alquileres, eso sí, los que se firmaron una vez aprobada la ley de vivienda, en mayor de 2023. Los anteriores pueden seguir renovando el alquiler con la fórmula anterior, la variación anual del IPC o acordar entre las partes un cambio a la referencia que se estrena hoy. Habrá que esperar pero si se le hace el mismo caso que a la limitación del 3% en 2024 la influencia será limitada.