La justicia europea rechaza que se persiga penalmente a los padres que ayuden a sus hijos a entrar de forma irregular en la UE
El Tribunal de Luxemburgo entiende que no se puede perseguir penalmente por el delito de ayuda a la entrada irregular a una persona que entre de forma ilegal a territorio comunitario acompañado por su hijo menor de edad

Natàlia Segura (ACN)

Bruselas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que no se puede perseguir penalmente la ayuda que un padre pueda prestar a un hijo menor de edad para entrar de forma irregular en la UE.
La corte, con sede en Luxemburgo, ha respondido a una cuestión prejudicial planteada por un tribunal italiano sobre el alcance de la infracción prevista en el derecho comunitario por ayudar a la entrada ilegal a la UE de una persona en situación irregular.
Para los jueces de Luxemburgo, cuando una persona entra de forma irregular a la UE y ayuda a que su hijo menor de edad entre de forma irregular con él, está simplemente ejerciendo su responsabilidad respecto a sus hijos, y no constituye una ayuda a la inmigración clandestina, algo comprendido como infracción en el derecho comunitario.
Los jueces responden a un tribunal italiano que analiza la entrada ilegal de una mujer con su hija y su sobrina con pasaportes falsos al aeropuerto de Bolonia en agosto de 2019. La mujer, que fue detenida y procesada por ayuda a la entrada irregular, argumentó que había huido de su país de origen porque ella y su familia estaban amenazadas de muerte por su antigua pareja.
El TJUE, en respuesta a la pregunta del tribunal italiano, considera que este comportamiento no constituye una ayuda a la inmigración clandestina y que interpretar lo contrario supondría "una injerencia particularmente grave en el derecho fundamental al respeto de la vida familiar y en los derechos fundamentales del niño".

Enrique García
(Sevilla, 1994) Corresponsal en Bruselas, siguiendo y explicando la política comunitaria. Antes, redactor...




