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La Audiencia Provincial avala la imputación de la asesora de Begoña Gómez, que no debió ser llamada como testigo

Los magistrados afirman que debe centrarse en si "se sobrepasó el desempeño de las funciones públicas" para favorecer "el plan delictivo"

La asesora de Moncloa, Cristina Álvarez (i) a su salida de los juzgados de Plaza Castilla en Madrid (ARCHIVO). / Mariscal (EFE)

La asesora de Moncloa, Cristina Álvarez (i) a su salida de los juzgados de Plaza Castilla en Madrid (ARCHIVO).

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los recursos presentados contra el cambio de condición de testigo a investigado que aplicó el juez Juan Carlos Peinado sobre la asesora de Begoña Gómez, Cristina Álvarez. Consideran que citarla con obligación de decir la verdad fue una decisión "errónea" y mal motivada del juez, pero eso sí: avalan que esté imputada porque entienden que hay elementos suficientes para ello.

"Si bien es cierto que el funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior o encargado no puede cometer el delito de “malversación”, que solo cometería quien lo destina, aprovecha o consiente esa decisión, sin embargo, su connivencia o anuencia con esa conducta viene a redundar en el elemento clave de la influenciabilidad subjetiva de la conducta constitutiva de posible trafico de influencias", dicen los magistrados.

Se refieren a que Álvarez, "al tolerar ese ilícito comportamiento, quizá no esté cometiendo un delito de malversación, que solo cabría plantear en el caso de que cobrara un sueldo sin prestar ninguna de las funciones para las que estaba contratada, pero sí es un elemento fáctico de la máxima transcendencia a la hora de poder acreditar su solidaridad con el plan del autor, en tanto su posición institucional refuerza las posibilidad de influencia de la conducta de la principal investigada (Begoña Gómez), que se mueve en ese limbo de poder no institucionalizado".

En este sentido, razonan que "una clara y palmaria desviación de las labores de un funcionario público respecto de lo que debieran ser sus funciones de ayuda, de mera colaboración y acompañamiento institucional, de seguridad y protocolo, a la persona ligada por vínculos maritales con el presidente del Gobierno, puede haber sido voluntariamente utilizada, desde un inicio, como un indebido soporte o desviación de recursos públicos en favor exclusivamente de intereses privados".

"La indudable influencia"

"Y, lo que es más importante, ofrecidos desde una estructura institucionalizada de poder como es la Secretaria General de Presidencia del Gobierno, que podría permitir inferir la solidaridad con la actuación de la principal investigada, al tiempo que refuerza frente a terceros el carácter prevalente de la conducta de la principal investigada, apuntalando el áurea de indudable influencia que como esposa del Presidente del Gobierno y ejerciendo sus funciones desde ese entramado del Palacio de la Moncloa podía tener toda su actividad privada".

De ahí que concluyan que Peinado lo que debe es "centrarse" en si Álvarez "se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas para favorecer el plan delictivo de la investigada en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados".

La resolución es así un espaldarazo a Peinado, que además podrá utilizar para sus pesquisas la relación de llamadas del número de teléfono de Cristina Álvarez, aunque ella lo facilitó en su declaración como testigo y esa, queda anulada y excluida de la causa. Sobre este asunto, lo que concluyen es que la numeración la podría haber conseguido el juez por cualquier otra vía, sobre todo porque se trata de un teléfono oficial de Moncloa.

"Ya que las funciones de su cargo como asistente consistían en la gestión de la agenda, del correo, de dar soporte de seguridad y protocolo en cualquier desplazamiento, reunión o intervención de la mujer del Presidente del Gobierno, la medida consistente en conocer el registro de llamadas entrantes y salientes y los concretos destinatarios resulta imprescindible ante los intentos de ocultar datos y fechas que son necesarias a la hora de poder valorar su intervención", apuntan.

Tráficos de llamadas

Podrá así revisar las llamadas, como previó, a números relacionados con la cátedra extraordinaria que dirigía Begoña Gómez en la Complutense, no así a los vinculados con Globalia. Los hechos relativos al rescate de Air Europa que Peinado quería investigar ya fueron excluidos por orden de la misma Audiencia Provincial.

En paralelo, el tribunal ha notificado también este miércoles una resolución que sitúa al frente de la acusación popular unificada a HazteOír en detrimento de Vox, que tendrá que dar un paso a un lado. Era una reclamación de todas las populares aglutinadas bajo la misma representación, sobre todo, cuando el juzgado comenzó a profundizar en el desarrollo del software de la cátedra tras una querella de esta organización.

 

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