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Santos Cerdán recurre al Tribunal Constitucional su prisión provisional

Su defensa advierte de que su encarcelamiento puede haberse producido para “conseguir una confesión” en una práctica proscrita en España, dada la “ausencia de motivación” del Supremo respecto a la destrucción o alteración de pruebas, que provocó su ingreso en prisión

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán

Madrid

La defensa de Santos Cerdán ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional mediante el que solicita como medida cautelar y mientras se estudia el fondo del asunto, la libertad inmediata del exsecretario de organización del Partido Socialista.

En su escrito, los abogados afirman que ni el juez instructor del Supremo ni la Sala de Apelaciones del mismo órgano jurisdiccional han motivado el riesgo de destrucción de pruebas, más allá de “insinuar un hipotético y ficticio” relato de naturaleza “absolutamente genérica” en el que no concretan las fuentes de prueba a proteger. De hecho, no se ha ordenado hasta la fecha el registro domiciliario del sospechoso en busca de tales pruebas, al contrario que con el resto de investigados, pese a considerar a Santos Cerdán “el jefe de la trama criminal”. Una circunstancia que los letrados señalan como “contradicción flagrante” de la instrucción.

La defensa concluye que si no queda acreditada la destrucción de pruebas, único motivo por el que el juez acordó la prisión, la “deducción lógica” es que tras el encarcelamiento se encuentran otras motivaciones “no constitucionalmente admisibles”, como sofocar una alarma social, “presionar” al investigado para que entregue pruebas que le incriminen o “directamente conseguir una confesión”.

La defensa de Cerdán invoca el precedente de Víctor de Aldama en la “causa matriz”, quien obtuvo la libertad en el momento en que se incriminó y aportó supuestas pruebas contra otros. Creen que en el caso del exsecretario de organización puede producirse “idéntica e ilícita” estrategia. Un extremo que resultaría “del todo inadmisible” en el ordenamiento jurídico español y que se acercaría a la confesionalidad por tormento; a la “tortura indagatoria” que supone un trato “inhumano y degradante”, también vedada por la legislación internacional suscrita por España.

Los letrados aseveran que la prisión provisional de Santos Cerdán conculca sus derechos fundamentales a la libertad, integridad moral, el derecho a no confesarse culpable y derecho a defensa. Piden al Constitucional la admisión a trámite de su recurso de amparo y que se acuerde como medida cautelar su libertad provisional mientras el Tribunal de Garantías estudia el fondo de la causa.

 

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