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La Justicia europea multa a España con 6'8 millones de euros por no ampliar a tiempo el permiso parental por nacimiento

El Consejo de Ministros aprobó la medida este martes pero ya estaba fuera del plazo marcado por Bruselas

Tres banderas de la Unión Europea ondean frente al edificio de la Comisión Europea en Bruselas. Alicia Windzio/dpa.

Tres banderas de la Unión Europea ondean frente al edificio de la Comisión Europea en Bruselas. Alicia Windzio/dpa.

Madrid

Después de que este martes el Consejo de Ministros aprobara la transposición de la Directiva europea sobre la conciliación de la vida laboral y familiar de progenitores y cuidadores —que obliga a mejorar los permisos laborales por nacimiento, adopción y cuidado de hijos—, la Unión Europea ha comunicado que impondrá a España una multa de 6.832.000 millones de euros por haber adoptado la medida fuera del plazo establecido por Bruselas.

La Directiva sobre conciliación obliga a los Estados miembros a garantizar un permiso parental mínimo de cuatro meses para cada progenitor, y establecía un doble plazo para su transposición a las legislaciones nacionales enmarcadas dentro de la Unión Europea.

El primero vencía el 2 de agosto de 2022 e incluía, entre otras medidas, la concesión de seis semanas de permiso parental remunerado y el reconocimiento del derecho a dos meses de permiso no transferible. El segundo plazo expiraba exactamente dos años después, e incorporaba como requisito adicional el pago de otras dos semanas de permiso, hasta alcanzar un total de ocho semanas retribuidas.

Así lo ha dictado en una sentencia emitida este viernes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que respalda el recurso por incumplimiento presentado por la Comisión Europea contra España por no haber adoptado ni notificado a tiempo todas las medidas necesarias para transponer la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la conciliación de la vida familiar y profesional de progenitores y cuidadores.

El procedimiento comenzó en 2022

El procedimiento comenzó el 21 de de septiembre de 2022, cuando la Comisión envió una carta a España "ante la falta de notificación de las disposiciones nacionales necesarias para cumplir con la Directiva", la conducta persistió y el 19 de abril de 2023, concedieron a España un plazo de dos meses para cumplir con lo estipulado y El 6 de junio de 2023, España remitió un cuadro de correspondencia entre la Directiva y su normativa nacional, acompañado de un informe del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en el que se informaba de que el proyecto de ley sobre las familias —que debía servir de instrumento de transposición— había quedado sin efecto tras la disolución del Parlamento.

Durante los meses de julio y septiembre de 2023, España transmitió información adicional sobre la transposición. No obstante, la Comisión, al constatar que aún no se habían adoptado todas las disposiciones necesarias de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, decidió, el 16 de noviembre de 2023, presentar el recurso ante el Tribunal de Justicia.

El 21 de diciembre de 2023, España notificó a la Comisión el Real Decreto-ley 7/2023, aprobado el 19 de diciembre de 2023, con el fin de completar la transposición de la Directiva y mejorar la asistencia en materia de prestaciones por desempleo. También remitió dos nuevos cuadros de correspondencia. Sin embargo, dicho decreto-ley fue rechazado por el Congreso de los Diputados el 10 de enero de 2024, por lo que no entró en vigor. Posteriormente, el 22 de enero de 2024, España informó a la Comisión de su intención de incluir las medidas de transposición restantes en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2024.

La Comisión alegó que, a la fecha límite indicada en el dictamen motivado, España no había transpuesto plenamente la Directiva, especialmente en lo relativo a las trabajadoras regidas por el Derecho laboral y a los empleados públicos regulados por el Derecho administrativo, por lo que el Tribunal de Justicia ha declarado este viernes en primer lugar que al haber omitido, al expirar el plazo fijado en el dictamen motivado de la Comisión Europea, la adopción de todas las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias.

 

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