El Supremo analiza el uso como prueba de los chats de narcos que hackeó Francia y que alimentan más de un centenar de causas en España
La Sala de lo Penal delibera la ponencia de la magistrada Ana Ferrer sobre la primera sentencia de la Audiencia Nacional que validó la incorporación de esas conversaciones

Imagen de archivo. Tribunal Supremo | GettyImages / valilung

Madrid
El Tribunal Supremo va a pronunciarse por primera vez sobre el uso como prueba en causas penales de las conversaciones entre narcotraficantes que obtuvieron las autoridades francesas cuando en el año 2020, hackearon Encrochat, un sistema encriptado de comunicaciones, y se descargaron miles de chats de delincuentes de toda la Unión Europea que ahora nutren investigaciones en los Estados miembros. En España hay 120 procedimientos afectados. La ponencia, de la magistrada Ana Ferrer, comienza a deliberarse hoy en el Pleno de la Sala de lo Penal.
En concreto, los magistrados van a analizar los recursos en casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional que el año pasado condenó a ocho individuos a penas de entre 5 y 15 años de prisión por la importación masiva de estupefacientes que luego trataban en laboratorios de Barcelona para venderlos.
Entre las pruebas que pesaban contra los acusados, constaban conversaciones que sirvieron para apuntalar la concurrencia de una organización criminal y las relaciones entre ellos. La clave es que esas conversaciones fueron obtenidas en una operación policial mixta entre las fuerzas policiales francesas y las holandesas en el año 2020, cuando colaron un virus en el servidor de Encrochat y se descargaron todo lo que había dentro. Las que afectaban a estos acusados, llegaron a la Audiencia Nacional mediante una orden europea de investigación cursada a instancias de la Fiscalía Antidroga.
La Audiencia Nacional fue con esa sentencia la primera instancia de alcance nacional que se pronunciaba sobre Encrochat de manera específica. Antes lo había hecho la Audiencia Provincial de Cádiz al pronunciarse sobre el clan de los Castaña. En ambos casos, se impugnó la prueba durante el juicio y los magistrados resolvieron con detalle avalando la incorporación a la causa de esas conversaciones.
Jurídicamente se han abierto debates parecidos en distintos países de la UE y fue un asunto de Alemania el que acabó forzando un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: avaló la incorporación de estos chats que custodia Europol a las distintas causas, siempre y cuando se sigan unos requisitos formales en la tramitación de la orden europea de investigación para recabarlos.
Las defensas lo que sostienen es que el Código Penal español no contempla ese tipo de infiltraciones y que una intervención de comunicaciones requiere autorización judicial previa, en este caso, del juez español al frente de las pesquisas. Cuestionan el modo en que llegó a España el contenido y como por seguridad nacional, Francia nunca divulgó qué virus había utilizado para el hackeo ni de qué modo se hizo, alegan también que no se puede impugnar la integridad de la prueba.
La Audiencia Nacional, tanto en el juicio como después en apelación, concluyó que en esta causa se habían seguido los procedimientos y validó la prueba. Cuando se dictó la primera sentencia, ya constaba la postura del Abogado General del TJUE, también partidario del uso de esas pruebas con determinadas garantías formales, de modo que sus argumentos se incorporaron a la resolución con la interpretación que dieron los magistrados.
Pero es ahora el Tribunal Supremo el que va a revisar esa lectura sobre lo actuado en este caso, y su decisión tendrá impacto en unos 120 procedimientos que según datos de la Fiscalía, beben en España de Encrochat y sistemas hermanos desarticulados del mismo modo desde entonces: Sky ECC y Matrix.




