El juez deja en libertad a Ábalos tras negarse a declarar en el Supremo
El magistrado del Supremo entiende, como la Fiscalía, que los indicios contra el exministro no son suficientes para enviarlo a prisión provisional, en contra del PP y el resto de acusaciones populares de ultraderecha
Ábalos sale del juzgado después de que el Supremo le deje en libertad
Madrid
El juez instructor del caso Koldo en el Supremo, Leopoldo Puente, ha accedido a la petición de la Fiscalía Anticorrupción y ha rechazado el ingreso en prisión provisional del exministro de Transportes y exsecretario de organización del PSOE, José Luis Ábalos, quien se ha acogido a su derecho a no declarar en su comparecencia de este miércoles alegando indefensión.
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El magistrado, como el fiscal, interpreta que el último informe de la UCO ha profundizado en los indicios incriminatorios contra Ábalos, al cuantificar en 95.000 euros el supuesto dinero irregular y opaco de que disponía, y que era custodiado por su asesor, Koldo García.
Sin embargo, entiende que a pesar de que existe un incremento del riesgo de huida por estos indicios, son insuficientes para ordenar la prisión provisional dado el arraigo del todavía diputado en el Congreso. El juez tampoco aprecia que exista un riesgo de destrucción o alteración de pruebas o de reiteración delictiva que deban ser conjurados con una medida tan restrictiva para la libertad personal.
Ábalos y el juez mantienen una discusión
José Luis Ábalos llegaba sobre las 9:15 de la mañana al Supremo, solo y en taxi y 20 minutos antes que el abogado al que despidió el lunes, José Aníbal Álvarez, que ha sido obligado por el juez a representarle porque no ha accedido a la supuesta treta del exministro, quien renunció a esta representación letrada a menos de 48 horas de su declaración, al tiempo que pedía al Supremo que le designara un abogado de oficio.
Un extremo al que no accedió el magistrado porque hubiera supuesto retrasar la comparecencia, ya que un abogado nombrado de forma tan intempestiva y con tan poco tiempo, no hubiera tenido tiempo de defenderle con eficacia.
Ábalos ha mantenido una discusión con el juez al principio de su comparecencia. Se ha negado a declarar alegando indefensión porque carecía de un letrado de su confianza. Ha añadido que no ha pretendido incurrir en fraude de ley, en contra de lo afirmado por el magistrado y que ese fraude se habría producido de renunciar al acta de diputado, lo que habría provocado, con toda probabilidad, que el Supremo perdiese la jurisdicción para encausarle. El juez le ha contestado que esa situación estaba resuelta y le ha recordado que esa Sala “no es el Congreso”.
Anticorrupción no pide prisión provisional
En la vistilla de cautelares, el fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón, no ha pedido la prisión provisional. Aunque ha interpretado que el último informe de la UCO afianza los indicios y se ha visto incrementado el riesgo de fuga por la gravedad de los delitos, sostiene que no son suficientes para ordenar la prisión provisional, habida cuenta el arraigo del diputado. Tampoco aprecia circunstancias de especial gravedad que permitan deducir que existe mayor riesgo de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva. El domicilio de Ábalos fue registrado sin hallar evidencias incriminatorias relevantes y ha perdido todo el poder político que ostentaba en el ministerio para el supuesto amaño de obra pública que le garantizase comisiones ilícitas.
El juez mantiene las medidas cautelares de comparecencias periódicas en el juzgado y prohibición de abandonar el territorio nacional, y rechaza la petición de las acusaciones populares que reclamaban la prisión provisional. Todas las de ultraderecha lo habían solicitado y también el PP, que subsidiariamente, si no era atendida su reclamación de prisión incondicional, pedía un encarcelamiento eludible bajo el pago de una fianza de 650.000 euros.