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Santos Cerdán sale de la prisión de Soto del Real tras dejarle el juez en libertad: "Espero que la verdad se imponga y se haga justicia"

El instructor del Supremo considera que se ha disipado el riesgo de destrucción de pruebas tras el último informe de la UCO

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, junto a su abogado Jacobo Teijelo, saliendo de la cárcel de Soto del Real (Madrid) / Rodrigo Jiménez (EFE)

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, junto a su abogado Jacobo Teijelo, saliendo de la cárcel de Soto del Real (Madrid)

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha decretado este miércoles la puesta en libertad del exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, que llevaba en prisión preventiva desde el pasado 30 de junio. Explica que si bien "se han robustecido los consistentes indicios que ya pesaban contra él" tras el informe de la UCO se ha disipado el riesgo de destrucción de pruebas por el que fue enviado cautelarmente a la cárcel.

Esta decisión tenía carácter ejecutivo inmediato y tan pronto se ha notificado a la prisión de Soto del Real, donde se encontraba Santos Cerdán, ha podido abandonar las instalaciones con medidas cautelares: sin pasaporte, con prohibición de salir del país y obligación de comparecer cada quince días en sede judicial.

El exsecretario de Organización del PSOE ha salido de las instalaciones de Soto del Real sobre las 19:00 horas acompañado de su abogado. "Espero que la verdad se imponga y se haga justicia", ha dicho, ante los medios de comunicación. "Hay muchas mentiras y manipulaciones con los informes sobre mi persona", ha añadido.

El auto dice que la prisión provisional no es indicador para justificar su mantenimiento"

El auto razona que "el resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación", pero la prisión provisional es una medida excepcional y esa concurrencia de indicios "no es, por sí misma, indicador suficiente para justificar" su mantenimiento.

"Tampoco en el caso de que, como aquí sucede, el progreso de la investigación no haya hecho más que confirmar y robustecer los, ya entonces consistentes, indicios que se advirtieron al ser acordada la medida privativa de libertad", añade el magistrado.

Conforme detalla, se descarta el riesgo de reiteración delictiva puesto que Cerdán ya no conserva "relación orgánica de dirección con el partido político" ni ostenta "cargo público alguno". Igualmente, "no se identifica tampoco la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga" pues "nunca puede ser descartado de forma completa, pero puede tratar de conjurarse con medidas cautelares diversas" menos restrictivas.

En cuanto al riesgo "muy intenso al tiempo de ser adoptada" la prisión provisional de que "pudiera ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes", el magistrado considera que "aparece ya, como consecuencia de la investigación practicada hasta este momento, seriamente mitigado", pues la causa ya cuenta con informaciones que, según expone, "muy probablemente hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes".

"No hay por lo tanto, razón bastante para prolongar la situación de prisión provisional que padece el investigado", dice el instructor, que le impone no obstante medidas cautelares porque "la persistencia y robustecimiento de consistentes indicios" en su contra lo justifica "más que sobradamente".

En concreto, le prohibe salir del país, le retira el pasaporte y le impone la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes ante el Supremo o el tribunal más cercano a su domicilio.

 

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