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La nota de prensa y otras pistas que da el fallo que condena al fiscal general

El presidente de la sala de lo penal del Tribunal Supremo, Andrés Martínez Arrieta, redacta la histórica sentencia que condena a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados

La nota de prensa y otras pistas que da el fallo que condena al Fiscal General

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Madrid

El Tribunal Supremo adelantó el fallo de la sentencia que condena por una filtración al fiscal general del Estado para evitar filtraciones y para zanjar rápidamente la situación anómala por la que atravesaba el Ministerio Público con su jefe inmerso en un proceso penal. Una sentencia extraordinaria y sorprendente -después de lo visto en el juicio- que vamos a conocer en diferido, aunque este fallo nos da pistas de por dónde puede ir la resolución que escribe el presidente de la sala de lo penal, Andrés Martínez Arrieta.

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La sentencia condenatoria asumirá el relato inculpatorio de la UCO y de las acusaciones. Ese relato afirma que García Ortiz tenía el "dominio de la acción" y "en unidad de acto" filtró el correo electrónico en el que el Alberto González Amador admitía que había cometido dos delitos fiscales y después dictó a su jefa de prensa una nota de prensa para desmentir el bulo que fabricó el jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, para proteger al comisionista y señalar al Ministerio Público.

Los magistrados pueden condenar por ambos episodios o solo por la nota de prensa que reúne mayor prueba de cargo. Sin embargo, en este caso la pregunta que hay que responder es si era público y notorio que el fiscal general elaboró ese comunicado que es delictivo, ¿qué necesidad había de registrar su despacho, de intervenir sus dispositivos y de citar a declarar a periodistas?

Esa nota de prensa fue el objeto de la querella inicial que se presentó en el Tribunal de Justicia de Madrid. Sin embargo, cuando el caso pasó al Tribunal Supremo perdió fuerza. La sala de admisiones dijo que "aparentemente" no era delictiva. El instructor, Ángel Hurtado, la recuperó y en el interrogatorio al fiscal general explicó que la investigación penal va cristalizando poco a poco y que la nota también era objeto de la investigación.

El tribunal descarta que haya "grave daño"

El Tribunal Supremo ha condenado a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados. Artículo 417 del Código Penal. Dentro de ese artículo, se ha quedado con el tipo básico que contempla multa y no con sus modalidades agravadas que imponen penas de prisión.

Es decir, se ha revelado un dato confidencial, pero no se ha causado grave daño para la causa pública o para un tercero y tampoco se han revelado datos de un particular. Podemos deducir que la sentencia dirá que Alberto González Amador no es un "ciudadano particular" y que tampoco se le ha vulnerado el derecho de defensa de cara al juicio que le espera por fraude fiscal porque no se ha causado grave daño.

El tribunal descarta que haya delito de revelación de secretos como sostenían las acusaciones y que está castigado con penas de cárcel. Este delito castiga al que "se apodera" de datos confidenciales. En este caso, el fiscal general activó lo que se conoce como "dación de cuentas" para que sus subordinados recabaran el expediente tributario del novio de Ayuso de cara a preparar esa nota de prensa. Un proceso previsto en el Estatuto del Ministerio Fiscal y que no faculta al jefe del Ministerio Público a apoderarse de ningún documento, sino que obliga a sus subordinados a facilitárselos.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 

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