Reformar la Constitución, una asignatura pendiente: los tres cambios de la carta española frente a los más de 20 de Francia o Alemania
La Constitución cumple 47 años con un texto prácticamente intacto

Reformar la Constitución, una asignatura pendiente: los tres cambios de la carta española frente a los más de 20 de Francia o Alemania
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Madrid
47 años han pasado desde que España aprobó la Constitución de 1978, una de las Cartas Magnas más jóvenes de Europa. Sin embargo, y a pesar de que ha pasado medio siglo, nuestra constitución está prácticamente intacta desde entonces.
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Solo se han llevado a cabo tres reformas desde que se aprobó y dos de ellas han sido “impuestas” por Europa. La primera se aprobó en 1992 y suponía una reforma del Artículo 13 para que los ciudadanos europeos pudieran ser elegidos concejales en las elecciones municipales. La segunda fue casi 20 años más tarde, en 2011, de forma exprés, el Gobierno del PSOE de Zapatero y el PP de Mariano Rajoy, aprobaron la reforma del artículo 135. Una reforma que obliga al Estado y a las comunidades autónomas a que, salvo que lo pacten por ley, mantengan el equilibrio entre ingresos y gastos para no tener déficit presupuestario. La tercera y última reforma reciente se aprobó en 2024 y tiene que ver con el Artículo 49. En esta reforma se pactó eliminar el término “disminuido” del texto y sustituirlo por “personas con discapacidad”.
Según Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla esta es una de las principales “patologías” de la Constitución del 78, que en 47 años solo se hayan implementado estas reformas.
¿Cómo se puede reformar la Constitución Española?
La propia constitución incluye en sus Artículos 167 y 168 cómo debe de ser reformada. Según el texto pueden aprobarse reformas parciales de la Carta Magna, siempre que los cambios no afecten al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, que están más protegidos, y los proyectos sean aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras (Congreso y Senado).
Para hacer una revisión total de la constitución y reformar los Artículos que tengan que ver con el Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, el procedimiento es algo más complejo. Para que los cambios salgan adelante debe aprobarse por mayoría de dos tercios en cada cámara, se deben disolver las cortes, convocar unas nuevas elecciones y que estas nuevas cortes elegidas también lo aprueben además de que la población vote a favor en un referéndum popular.
¿Cómo es la Constitución española frente al resto de constituciones europeas?
Tal y como explica también Esther González, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, la Constitución de 1978 se parece mucho a sus homólogas europeas porque al ser relativamente "joven" cuando se redactó se tomó de ejemplo muchas fórmulas de países como Francia, Italia, Alemania o Portugal.
Sin embargo, sí que podemos apreciar algunas diferencias en materia de derechos con países como Francia. Desde 2024 Francia incorpora en su Constitución el derecho al aborto, algo que la Constitución Española no contempla, en parte porque entra en conflicto con otros artículos como el 15 que recoge que “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral”.
Si nos fijamos en otro de los aspectos que más preocupan a la sociedad española como es la vivienda, también vemos diferencias con otros países como Francia o Alemania, que no recogen de manera explícita el derecho a una vivienda, a diferencia de la española que deja claro que “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada” y que “Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”
A pesar de que no lo recojan de manera explícita tal y como explica Esther González eso no significa que no lleven a cabo políticas y leyes que regulen vivienda de manera independiente a la constitución.
Ambos catedráticos coinciden en que la principal diferencia de la Constitución española con el resto de constituciones de Europa es la falta de reformas de la española. Si lo ponemos en cifras, frente a las 3 reformas españolas la Constitución alemana ha aplicado 62 reformas desde 1949 y la francesa, 24 desde 1958.

Belu Jiménez
Periodista de informativos del fin de semana. Estudió Periodismo y Comunicación Audiovisual en la Universidad...




