El Supremo da la razón a Ayuso y obliga al Gobierno a hacerse cargo de los menores extranjeros no acompañados que hayan solicitado protección
La sala de lo contencioso-administrativo estima la medida cautelar que solicitó la Comunidad de Madrid y replica la decisión que tomó respecto de los menores de Canarias, aunque en este caso no haya una "situación de hacinamiento"

La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso / Mariscal (EFE)

Madrid
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha estimado la medida cautelar que solicitó el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la demanda que interpuso contra el Gobierno para que se hiciera cargo de los menores extranjeros no acompañados que hayan solicitado o que quieran solicitar protección internacional.
La Comunidad de Madrid cifraba en medio centenar el número de menores en esa situación, mientras que la abogacía del Estado rebajaba esa cifra a 38.
Loa magistrados dan al Ejecutivo un plazo de 30 días improrrogable para que "garantice el acceso y la permanencia en el sistema nacional de acogida" de todos los afectados. La sala reconoce "diferencias" entre el caso de la Comunidad de Madrid y el de Canarias, en el que ya se pronunció de la misma forma.
Allí, recuerda, había un millar de migrantes menores no acompañados, pero, añade, "el número de menores afectados no debe impedir que se adopte esta medida porque lo contrario conduciría al absurdo de aceptar que una medida para la protección del superior interés de los menores no se pueda adoptar hasta que se constatara que se ha producido un hacinamiento".

Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...




