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El juez del caso Villarejo rechaza imputar a Cospedal y carga contra el PSOE por acusarle de ocultar información

Afirma que la trascendencia pública de las acusaciones que vertía el escrito han afectado tanto a su propio honor como al de la Fiscalía

La ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal a la salida de la Audiencia Nacional tras declarar como testigo ante el juez Manuel García Castellón / Mariscal (EFE)

La ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal a la salida de la Audiencia Nacional tras declarar como testigo ante el juez Manuel García Castellón

El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha rechazado de nuevo la imputación de la exsecretaria de Organización del PP, María Dolores de Cospedal, en una separata del caso Kitchen con un auto en el que carga contra la acusación popular que ejerce el PSOE por el "carácter injurioso" que, a ojos del instructor, tenía el escrito en el que pedían esta diligencia.

En concreto, el magistrado dice que el PSOE llega a imputarle a él y a la Fiscalía "la ocultación de pruebas incriminatorias”, cuando la afirmación "aparece desmentida en el propio curso de los autos" porque los tres audios por los que reclamaban la imputación ya forman parte de la causa y no han sido considerados bastante para dirigir el caso de nuevo contra Cospedal.

"La transcendencia pública de estas acusaciones, con publicación en diferentes medios de comunicación, afecta al honor de este instructor y mengua la confianza de la ciudadanía en la justicia", dice el magistrado Antonio Piña.

Según razona, "el examen de lo solicitado, la comprobación del conocimiento y disposición de las grabaciones por la acusación particular del PSOE, quien las utilizó en diversos recursos formulados, sólo pone de manifiesto la intencionalidad de deslegitimar a este instructor y al Ministerio Fiscal en la tramitación de este procedimiento, acusándole de hechos de enorme gravedad que no se corresponden con las actuaciones, trasladando a la opinión pública, de un modo perverso, un intento de protección de la Sra. Cospedal que no se desprende de lo actuado".

“En la argumentación sostenida en el escrito solicitando la práctica de prueba, abundan los razonamientos destinados a destacar la ocultación de prueba, como vemos, obviando la utilización que de los mismos archivos que se dicen ocultados realizó la parte en diferentes recursos, sin que en dicho escrito se pongan de manifiesto los hechos que derivados de dichas conversaciones presentan relevancia penal, ni la calificación indiciaria que a la parte merecen esos hechos”, recalca.

El magistrado repasa punto por punto los hitos con esos audios y el oficio de la Unidad de Asuntos Internos que los advera para concluir que no se aportan grabaciones nuevas que no estuviesen ya a disposición de las partes, "por lo tanto no se han ocultado autos". Subraya que el PSOE tuvo plena constancia de que las grabaciones, difundidas por El País, se aportaban a la causa.

En cuanto a su contenido, se hace referencia a la conversación sostenida entre Cospedal y el Villarejo, en la que este le muestra los problemas derivados de la investigación que el SEPLA está realizando sobre sus cuentas bancarias. En dicha conversación, Cospedal manifiesta, tal y como se recoge en el escrito solicitador, que se pondrá en contacto con el ministro de Economía, en ese momento Luis de Guindos y con la Fiscalía General del Estado.

“Ninguna constancia hay de que realizara esas gestiones, pues el procedimiento contra el Sr. Villarejo no tuvo paralización ni incidencia alguna en ambos ámbitos. Las cuentas bancarias del Sr. Villarejo fueron objeto de investigación, bloqueo y embargos, y su detención se produce 7 semanas después instada por la Fiscalía Anticorrupción. La mera manifestación “me voy a ocupar de eso” no es suficiente para deducir la existencia de una acción destinada a su realización, que de haberse efectuado podría ser calificada como un delito de tráfico de influencias, pero como observamos por el curso de los hechos, no hay ninguna evidencia que dicha intervención se produjera y tuviera incidencia en la situación procesal del Sr. Villarejo”, expone el magistrado.

Sostiene que el examen conjunto de las tres conversaciones entre Villarejo y Cospedal no contiene elementos incriminatorios que se consideren suficientes para reiniciar una investigación que se encuentra sobreseída en relación a Cospedal.

El conjunto de las mismas, como ya ha manifestado la Sala en resoluciones anteriores, dice el juez, se centra en el interés de los interlocutores en paralizar la publicación en medios de comunicación de lo que denominan “libretita”, “sin que se pueda observar un encargo por la Sra. Cospedal al Comisario Villarejo para la realización de actuaciones delictivas que requiriesen la reapertura o el inicio de una nueva investigación”.

 

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