Qué es la acción popular y por qué vuelve a escena con el caso de Adamuz
La periodista Isabel Vega explica en qué consiste este derecho recogido en el artículo 125 de la Constitución Española, concebido para que el ciudadano pueda participar en la Administración de Justicia

Madrid
La tragedia de Adamuz ha reabierto un debate jurídico de largo recorrido en España: el papel de la acción popular en los procesos judiciales. Mientras las víctimas del accidente y los familiares de los fallecidos se organizan en plataformas o recurren a abogados propios para impulsar la investigación, varias acusaciones populares han solicitado ya personarse en la causa. Muchas de ellas son viejas conocidas de procedimientos mediáticos recientes, como el 'caso Begoña', pero su presencia vuelve a poner sobre la mesa una figura excepcional y discutida.
Como ha explicado en Hora 25 la periodista de Tribunales de la SER, Isabel Vega, la acción popular permite a cualquier ciudadano o entidad ejercer la acusación en un proceso penal sin necesidad de ser perjudicado directo por el delito, en defensa de la legalidad. Se trata de un instrumento prácticamente sin parangón en la Unión Europea y que, pese a su rango constitucional, ha sido objeto de intentos recurrentes de limitación o supresión.
Está reconocida en el artículo 125 de la Constitución Española, junto al tribunal del jurado, como una forma de participación ciudadana en la Administración de Justicia. Aunque el precepto es breve, su inclusión no es casual: ya aparecía en la Constitución de 1812 para determinados delitos como el soborno o la prevaricación judicial y se mantuvo durante la Segunda República en supuestos como la detención ilegal.
Suprimirla hoy no es sencillo. Eliminar la acción popular implicaría una reforma constitucional que se considera políticamente inviable. Por eso, los intentos se han centrado en acotarla. El último, incluido en el proyecto de nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal que se tramita en el Congreso, propone fijar un catálogo cerrado de delitos en los que podría ejercerse.
¿Hasta dónde puede llegar la acusación popular?
En la actualidad no existe un listado cerrado de delitos, lo que otorga a la acción popular un amplio margen de actuación. La premisa es la defensa de la legalidad y del interés general, incluso cuando no existe un interés propio. Su campo natural es el proceso penal, aunque también puede intervenir en ámbitos sectoriales como el medio ambiente, el consumo o la defensa de intereses colectivos en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Sin embargo, hay algunos límites. No puede ejercerse en delitos privados que requieren denuncia de la víctima, como quedó patente en la fallida denuncia de una asociación contra Paco Salazar. Tampoco tiene cabida en la jurisdicción de menores ni en la militar. Además, la jurisprudencia ha ido estableciendo restricciones relevantes.
De la doctrina Botín a la doctrina Atutxa
La más conocida es la llamada doctrina Botín. En 2007, el Tribunal Supremo resolvió que no bastaba la acusación popular para abrir juicio si ni la Fiscalía ni los perjudicados directos acusaban. El criterio se fijó en la causa contra Emilio Botín por cesiones de crédito y buscaba evitar una instrumentalización de la justicia.
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Un año después, el propio Supremo matizó esa posición en la conocida como doctrina Atutxa, al permitir que la acusación popular fuera la única en delitos que afectan a intereses colectivos o difusos y en los que no existen perjudicados concretos. Este razonamiento permitió, por ejemplo, que Cristina de Borbón se sentara en el banquillo en el caso Nóos, aunque finalmente fuera absuelta.
Conseguir una condena únicamente con la acción popular es difícil, pero su peso ha sido decisivo en fases de instrucción. Ahí están los casi veinte años de litigio de Greenpeace y Ecologistas en Acción contra el hotel del Algarrobico, o el papel de asociaciones de víctimas del terrorismo reabriendo causas y evitando prescripciones.
En delitos económicos y de corrupción, partidos y asociaciones han sido protagonistas: desde las tarjetas black hasta Gürtel, Púnica, Lezo o los GAL. Sin embargo, el sistema también impone frenos. Uno de los más visibles son las fianzas. En el caso Begoña se fijaron 10.000 euros para ejercer la acción popular, una cantidad asumible para partidos como Vox, pero que ya puede suponer una barrera de entrada.
Otra fórmula habitual es la acumulación de acusaciones bajo una única representación letrada, aunque no siempre se acepta. En la causa por la DANA de Catarroja, con 13 acusaciones populares y 184 particulares, la juez rechazó esa acumulación, lo que convierte cada interrogatorio en una maratón procesal.
Adamuz, el próximo test
En el caso de Adamuz, varias entidades y partidos —todos salvo el PP, por ahora— han solicitado personarse como acusación popular. La jueza deberá resolver las peticiones, considerando si concurren intereses colectivos o difusos, como la seguridad del transporte o la gestión de infraestructuras, además de los intereses particulares de las víctimas..




