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El Supremo mantiene el plus por las guardias a las facultativas de los hospitales madrileños que den el pecho sin que tengan que realizarlas

La sala de lo social del alto tribunal considera por unanimidad que las guardias médicas hospitalarias impiden programar paradas para la extracción de leche materna

Imagen de archivo

Imagen de archivo / Diputación de Málaga

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Madrid

La sala de lo social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid que reconocía a las facultativas del servicio madrileño de salud que dieran el pecho a no hacer guardias en los primeros 12 meses de vida de su hijo y a que le fuera reconocido este complemento salarial por la pérdida de ese plus tomando como base el promedio de lo que ingresó el año anterior al nacimiento.

La sentencia subraya que las jornadas de trabajo que superan las ocho horas y generan estrés y fatiga pueden disminuir la producción de leche materna. Añade que la extracción de leche cada 3-4 horas necesita un entorno tranquilo e íntimo dotado de medios para conservar adecuadamente la leche.

En este contexto, dice la sala, las guardias médicas hospitalarias impiden programar paradas al tener que afrontar urgencias médicas, lo que, unido a la fatiga y a la nocturnidad pueden generar inseguridad y angustia para las madres lactantes y perjudicar su lactancia.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 

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