Economía y negocios

El Gobierno prohíbe las subidas abusivas de precios en situaciones de emergencia

El real decreto-ley aprobado este martes en Consejo de Ministros limita los precios dinámicos en momentos críticos: no podrán superar el máximo marcado por ese servicio en el último mes y serán, como máximo, un 50% más caros que la media de esos últimos 30 días

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy. / Javier Lizón (EFE)

Madrid

Tras la tragedia de Adamuz, en que nuevamente los consumidores se han encontrado con precios por las nubes en los transportes alternativos, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto-ley que le permitirá topar los precios de determinados servicios y productos ante situaciones de emergencia que alteren "de forma excepcional la oferta y la demanda".

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En este sentido, los precios que se den en estas situaciones -que, aclara el Ministerio de Consumo, "no solo serán aquellas declaradas como de emergencia de protección civil", como ocurre ahora, sino "también aquellas que determine el Consejo de Ministros"- no podrán ser superiores al máximo que ese bien o servicio haya tenido en los últimos 30 días, ni superar en un 50% al precio medio de ese servicio en esos 30 días.

Así, será el Consejo de Ministros el que determine las circunstancias en que se activan estas situaciones de emergencia, por lo que la limitación de precios se podrá activar no solo una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, como ocurría hasta ahora, o también en otros supuestos como accidente, emergencia técnica, fuerza mayor u otras circunstancias sobrevenidas no imputables a los consumidores, y tendrá que fijar las condiciones en que operará la limitación.

Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros (10/02/2026)

Es decir, el acuerdo del Consejo de Ministros deberá precisar, como mínimo, el inicio y el fin del tope de precios para los servicios afectados, y la referencia aplicable para ello. En el caso de bienes o servicios cuyo coste dependa de la estacionalidad, la referencia utilizada podrá fijarse tomando como referencia el precio que tenía en el mismo período del año anterior, actualizado con el IPC.

Además, el Gobierno podrá imponer a los comercializadores la obligación de informar al usuario sobre la horquilla de precios utilizada durante, al menos, el último mes.

"En situaciones como los incendios o el accidente de Adamuz se han producido situaciones abusivas en transportes o alojamientos" ha apuntado Pablo Bustinduy, ministro de Consumo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. "Introducimos un instrumento para impedir que se pueda hacer caja en situaciones que exploten la vulnerabilidad del usuario", ha explicado el ministro este martes.

Se establecerá un precio máximo que será el precio máximo que haya tenido los 30 días anteriores a la situación sobrevenida", apuntaba el ministro, que ha explicado que el Consejo de Ministros aprobará los precios, los productos y los tiempos en los que se aplicará este tope tras una situación de emergencia.

Con el objetivo de no tensionar la oferta, la norma impulsada por el ministerio encabezado por Pablo Bustinduy, permitirá incrementos de precios cuando estén "objetivamente justificados", es decir, cuando reflejen un incremento de los costes para el operador o un incremento de la oferta que contribuya a mitigar la escasez y siempre y cuando esto no suponga un aumento de los márgenes de beneficios.