La Generalitat de Cataluña publica cuatro informes jurídicos que avalan la prohibición de la compra especulativa de vivienda
Los documentos concluyen que la Generalitat puede restringir adquisiciones no residenciales y respaldan la intervención pública por el derecho a la vivienda

Edificis de Barcelona / David Zorrakino / Europa Press

Madrid
La Generalitat de Cataluña ha hecho públicos este sábado cuatro informes encargados a expertos juristas que avalan la prohibición de la compra especulativa de vivienda, una condición imprescindible para que Comuns apoye los presupuestos de la Generalitat de este año.
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El Ejecutivo catalán y Comuns pusieron en marcha en noviembre un grupo de trabajo con especialistas para analizar qué medidas pueden aplicarse para limitar la compra especulativa. En él participaron el exmagistrado del Tribunal Constitucional Carles Viver i Pi-Sunyer y los expertos en urbanismo, vivienda y derecho Rosa Fornas, Fuensanta Alcalá, Pablo Feu y Jaime Palomera.
Uno de los documentos, titulado "Informe sobre la constitucionalidad de las intervenciones del derecho administrativo en referencia a la limitación del derecho de propiedad" y firmado por Carles Viver i Pi-Sunyer, señala que, en virtud del principio de concurrencia competencial, las comunidades autónomas "están constitucionalmente legitimadas para establecer limitaciones a los derechos de propiedad privada", usando herramientas propias del derecho administrativo para regular no solo relaciones entre particulares y administraciones, sino también entre particulares.
Según este informe, el marco legal vigente deja a los legisladores un "amplísimo margen de libertad" para delimitar el contenido de los derechos de propiedad privada y para "establecer limitaciones" en su ejercicio.
Asimismo, el "Informe sobre la viabilidad jurídica de intervenir en el mercado inmobiliario para limitar las adquisiciones de vivienda para destinarlas a la residencia habitual propia", del abogado Pablo Feu, concluye que la especulación inmobiliaria —cuya gravedad señalan también resoluciones del Parlamento Europeo— "justifica la necesidad perentoria de intervención pública para revertir la situación y evitar la especulación, por mandato expreso del artículo 47 de la Constitución".
"La medida de intervención en el mercado inmobiliario es plenamente válida y está expresamente amparada por el ordenamiento urbanístico", añade el texto.
Medidas de intervención justificadas
Otro de los informes, "Mercado residencial, impactos de políticas de limitación de compras y otras medidas", firmado por Jaime Palomera, sostiene que en Cataluña "está justificado condicionar la compra de vivienda al uso residencial, especialmente en mercados tensionados".
El objetivo es priorizar la "demanda residencial" —la compra para vivir— y la "demanda pública y social orientada a ampliar el parque protegido y asequible". "Esto implica desplazar la demanda especulativa que compite con el acceso a la vivienda y no contribuye a resolver la necesidad residencial", añade.
Un cuarto informe, "Mecanismos de protección desde la disciplina urbanística y posibles impactos sobre el mercado residencial", firmado por Fuensanta Alcalá, concluye que limitar la compra de vivienda para evitar la especulación es "jurídicamente viable" y encaja "de manera coherente en el ordenamiento vigente, sin que se desprenda ninguna vulneración constitucional apreciable".
El Govern buscará un acuerdo
En un comunicado, el Govern señala que, a partir de las conclusiones de estos documentos, la conselleria de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica —dirigida por Sílvia Paneque— y el grupo parlamentario de Comuns trabajarán en un acuerdo "en el marco de la proposición de ley" presentada por la formación sobre "medidas de contención en las zonas de mercado residencial tensionado".
El Ejecutivo subraya que la situación actual de la vivienda en Cataluña está marcada por "un desequilibrio estructural" derivado de una demanda sostenida y creciente —con fuerte presión de usos alternativos a la residencia habitual— y de la falta de parque público y vivienda asequible.
A la luz de los informes, el Govern defiende que la intervención pública se ampara en el derecho a la vivienda y en la función social de la propiedad, recogidos en los artículos 47, 33 y 128.1 de la Constitución y en el artículo 47 del Estatut.
Además, la legislación vigente establece que "el planeamiento urbanístico en zonas de uso residencial debe admitir siempre el uso como residencia habitual y permanente, y puede compatibilizar o prohibir otros usos residenciales según el principio de desarrollo sostenible y la garantía y promoción del derecho a la vivienda".




