El Supremo eleva la condena a la directora de la granja escuela de Asturias en la que murió ahogado un menor que tenía "pánico al agua"
La sala de lo penal del Tribunal Supremo impone a la acusada la pena de un año y medio de prisión por homicidio imprudente a la que fue condenada la monitora que debía vigilar a los niños en la piscina

El Tribunal Supremo en una imagen de archivo

Madrid
La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha condenado por un delito de homicidio imprudente a la directora y a la monitora de la granja escuela de Asturias en la que murió ahogado el pequeño Izán de cinco años. El alto tribunal eleva al año y medio la condena a la directora. El Tribunal de Justicia de Asturias había rebajado la pena al apreciar reparación del daño. Dice la sentencia que la cantidad que consignó no representa ni el 7% de la responsabilidad civil de 400.000 euros a la que fueron condenadas.
Además, reprochan a la jefa de la granja escuela que la piscina "no disponía de socorrista ni el número de monitores contratados se ajustaba a la normativa porque solo se disponía de una monitora titulada para un grupo de diecisiete menores de entre cinco y nueve años, doblando, casi, la ratio precisada en la norma ni, tampoco, dio instrucciones claras y formalizadas al personal del centro sobre las particulares necesidades de cuidado que reclamaba el menor". Los padres informaron al centro de que su hijo tenía "pánico al agua" y que solo podía entrar y salir en la piscina infantil.
"Perfectamente previsible"
La sala confirma que hubo una falta absoluta de atención por parte de la monitora que se tumbó en la hamaca a tomar el sol, mientras los 17 niños disfrutaban de la actividad de piscina. Fue otro niño de 8 años el que sacó al menor del fondo de la piscina al detectar que estaba de rodillas y no se movía.
Dice la sentencia que el resultado era "perfectamente previsible y, en esa medida, evitable" y subraya la "incuestionable gravedad del trágico resultado y de la indisculpable y grave
omisión de deberes de cuidado". Por último, justifican la condena al pagode 400.000 euros por responsabilidad civil al entender que "resulta muy difícil, casi imposible, imaginar el intenso dolor que supone la pérdida de un hijo de cinco años en las condiciones en las que además se produjo -ahogado en una piscina por el descuido indisculpable de quienes asumieron el deber de evitarlo cuando se les confió a su guarda".

Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...




