Las distribuidoras aún deben en torno a 15 euros a millones de hogares españoles por el apagón, según la OCU
La OCU reclama a las eléctricas que indemnicen a las familias por las interrupciones de suministro antes de que finalice el plazo el próximo 31 de marzo

Vista de la calle del Paseo completamente a oscuras anoche durante el apagón eléctrico en Ourense. / Brais Lorenzo

Madrid.
La legislación española prevé unos estándares mínimos de calidad en el suministro eléctrico, así como compensaciones para los usuarios en el caso de que estos estándares no se cumplan en determinados momentos, como ocurrió el pasado 28 de abril, cuando un cero energético dejó a la España peninsular a oscuras durante varias horas.
Estas situaciones generan, según la ley, una obligación por parte de las distribuidoras, que deben compensar a sus clientes con "una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por la diferencia entre el número de horas de interrupción del consumidor y el número de horas de interrupción reglamentariamente fijado, valorado en cinco veces el precio del kWh correspondiente a su tarifa contratada, con un tope máximo del 10 por 100 de su facturación anual". Una compensación que la Organización de Consumidores cifra ahora en 15 euros para aquellos hogares con una potencia contratada de 4,6 kW -la más habitual- que aquel día sufrieran una interrupción del suministro de entorno a 11 horas.
Eso sí, la indemnización concreta en cada caso dependerá tanto de la potencia contratada por el hogar y la duración del corte de suministro, que no fue la misma para todas las zonas del territorio peninsular, pero aquellas inferiores a las cinco horas no generan un derecho de compensación para el consumidor.
El plazo expira el 31 de marzo
Casi un año después del apagón, desde la organización de consumidores subrayan que el plazo para compensar a los hogares termina el próximo 31 de marzo e instan a las compañías de distribución eléctrica a abonar el importe correspondiente antes de que finalice ese plazo, algo que las empresas deben hacer de oficio, tal y como recuerda el portavoz de la organización, Enrique García. "Estas compensaciones son un derecho automático y obligatorio, independiente de otras indemnizaciones que pueden corresponder por el apagón del pasado 28 de abril", apunta.
Además, desde la OCU solicitan a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y a las consejerías autonómicas, competentes en materia de derechos de los consumidores, que vigilen el cumplimiento de los plazos y las obligaciones por parte de las compañías eléctricas.




