Un juez condena a la empresa de vientres de alquiler Go4baby por publicidad ilícita y ordena el cese de los anuncios en su web
Declara que el contenido que publicita sobre gestación subrogada en Ucrania es ilícito y desleal

Captura de la web de la empresa Go4Baby

El Juzgado de lo Mercantil del Tribunal de Instancia plaza número 3 de Madrid ha condenado a la empresa Go4Baby a retirar la publicidad de su web en la que ofrece servicios de gestación subrogada en Ucrania tras declararla ilícita y desleal.
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La sentencia, a la que tuvo acceso la Cadena SER, se dicta tras haber declarado que la empresa está en rebeldía, dado que no acudió al juicio en este procedimiento que arrancó con una demanda de la Fiscalía de Madrid.
Según expone, habida cuenta de que la publicidad es ilícita porque la Ley General de Publicidad prohíbe "las prácticas comerciales para la gestación por sustitución", el debate está en el alcance de un pronunciamiento que impida a esa empresa seguir anunciando esos servicio.
En este sentido, el juez razona que el ejercicio de la acción por parte del Ministerio Fiscal pone de manifiesto que existe un interés público "en la prohibición de la reiteración futura del presente tipo de publicidad, dada su afectación a la dignidad de la persona", así que ese veto está justificado.
De este modo, condena a la empresa a "cesar la campaña publicitaria descrita" y le prohíbe "su reiteración futura". Además, debe publicar la resolución en su página web.
La publicidad sigue en la página web de esta empresa
La sentencia tiene fecha de 19 de marzo y la publicidad sigue en la página web de esta empresa, que ya fue señalada por el Instituto de la Mujer en julio del año pasado, cuando anunció que los servicios jurídicos del Estado demandarían a esta y otras compañías que ofrecen en internet y redes sociales servicios de vientres de alquiler.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional dirigió un escrito el pasado febrero a la Secretaría de Estado de Igualdad instando a la Administración a desplegar las herramientas a su alcance para que los prestadores de servicios de acceso a internet puedan interrumpir el de esas empresas que anuncien vientres de alquiler, bloqueando en su caso el acceso desde España a sus páginas web cuando se trate de publicidad o solicitando a un juez que lo disponga cuando afecte a contenidos protegidos por la libertad de información.




