Abre la oficina para tramitar las solicitudes de reparación para las víctimas de abusos en el ámbito de la Iglesia tras el nuevo acuerdo
El protocolo fija un plazo de tres meses para una primera fase de evaluación y un plazo máximo de dos meses para que los representantes eclesiales examinen esa propuesta

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños; el presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Luis Argüello; y el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo; durante la firma del protocolo para indemnizar a las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia / Chema Moya (EFE)

Madrid
El Consejo de Ministros aprobó este martes la creación de la Oficina para el reconocimiento y la reparación de los abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica, que tramitará las solicitudes de reparación para indemnizar a las víctimas cuyos casos hayan prescrito. La ventanilla abre este miércoles 15 de abril y se ceñirá al protocolo que firmaron el pasado 30 de marzo para materializar el acuerdo alcanzado en enero el Gobierno, la Conferencia Episcopal Española (CEE), la Confederación Española de Religiosos (Confer) y el Defensor del Pueblo, este mecanismo pionero contempla reparaciones simbólicas y compensaciones económicas a cargo de la Iglesia, sin tope a las indemnizaciones.
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La nueva oficina, adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, recibirá las solicitudes de reparación a través de su sede electrónica (www.mpr.gob.es), y ofrecerá orientación a las víctimas vía correo electrónico (reparacion.abusosIC@mpr.es) y por teléfono (91 837 22 95).
Las solicitudes recibidas se remitirán a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, formada por especialistas y profesionales independientes, que elaborará la propuesta de reparación. Si las partes la aceptan, será definitiva y la Iglesia deberá darle cumplimiento.
¿Cómo funciona el proceso?
El protocolo fija un plazo de tres meses para esa primera fase de evaluación y valoración y un plazo máximo de dos meses para que los representantes eclesiales examinen esa propuesta. Después, el solicitante tendrá un plazo de 15 días para mostrar su conformidad y, en su caso, formular alegaciones. En caso de que haya conformidad de todas las partes, se cerrará el expediente.
Si, por el contrario, hubiera disconformidad de la víctima o de la Iglesia, el expediente volverá a la oficina del Defensor en un plazo no superior a 15 días y se convocará la comisión mixta, también en el plazo máximo de 15 días. Esa comisión mixta, pendiente todavía de su conformación, estará integrada por todas las partes implicadas en el proceso y por las victimas.
Analizará los argumentos de unos y otros para alcanzar un acuerdo aunque, si aquí tampoco hay consenso, se habilitará otro mes de plazo para que el Defensor del Pueblo y los representantes eclesiales hagan un último intento. Si persiste la disconformidad, prevalecerá la valoración efectuada por el Defensor.
¿Quién puede acudir a este sistema?
- Víctimas menores o con discapacidad que sufrieron abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica que no pueden acudir a los tribunales de justicia.
- Sus representantes acreditados.
- Pueden hacerlo con independencia de que hayan acudido con anterioridad al Plan PRIVA.




