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Despiden a un trabajador tras 30 años de servicio por ofrecer cruasanes a sus compañeros y ahora le caerá una indemnización enorme

Una decisión desproporcionada con consecuencias

Cruasanes / Jordan Lye

Cruasanes

Suele ser normal que, cuando una persona cumple años y ese día coincide con uno laboral, decida invitar a los compañeros a alguna cosa. Puede que espere al descanso o a terminar la jornada para ir a comer o hacer alguna actividad de ocio, pero también es común que lleve algún aperitivo para que todos puedan tomarlo allí. Es una forma de celebrar aunque estés realizando tus labores y de fomentar el buen ambiente con las personas con las que compartes tanto tiempo de tu vida, sin embargo, a veces puede traer consecuencias negativas.

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Es lo que le ocurrió al gerente de un hipermercado de Vigo, que según cuentan en El Economista, en octubre de 2023 quiso invitar a su equipo a unos cruasanes y artículos de bollería. Los adquirió directamente en la panadería de la tienda, siendo la suma total de 68,82 euros, pero al realizar la compra solo pagó 10,23 en inicio, para abonar los 58,59 restantes más tarde, lo cual hizo. Todo parecía que quedaría ahí, pero la empresa decidió tomar medidas disciplinarias contra el cajero responsable del proceso incorrecto... así como con el gerente.

El hombre fue despedido alegando un incumplimiento de la buena fe contractual, basado en la normativa interna de la compañía que dice que no está permitido consumir productos sin pago previo, con la única excepción de los periodos de descanso o en las áreas destinadas a ello. Todos se quedaron anonadados con la crudeza de la acción sancionadora, más si cabe por el hecho de que el afectado trabajaba en la compañía desde 1992. Este no se quedó de manos cruzadas y llevó el caso a la justicia.

La sentencia

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia declaró improcedente el despido, considerando que el consumo de la bollería se hizo antes de la apertura del hipermercado, fuera del horario de trabajo, por lo que alegaron que no se produjo ningún perjuicio económico ni de la imagen de la empresa. Al haberse producido la invitación fuera del horario laboral, el hombre no habría incumplido ningún punto de la normativa reguladora.

Con esto, el fallo recoge que el despido fue improcedente y ordenó la readmisión inmediata del trabajador, pero eso no es todo, sino que impuso una indemnización para el gerente que será un golpe tremendo para la compañía: 105.716 euros. De esta forma, como apuntan desde Executive Digest, que se hizo eco del caso, esto pone pone de relieve la importancia de valorar la proporcionalidad de las medidas disciplinarias, más si cabe con empleados de larga trayectoria, como la de este hombre, que contaba con más 30 años de antigüedad.

 

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