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Las escuelas infantiles públicas navarras serán gratuitas para familias monoparentales y aquellas con menos de 27.900 euros de renta anual

Para el próximo curso se reduce a 20 la ratio de alumnado de 3 años y a 22 en el segundo curso de Educación Infantil

Carlos Gimeno, consejero de Educación, y Gil Sevillano, director general de Educación

Pamplona

El Departamento de Educación ha anunciado hoy un nuevo avance, el tercero de la legislatura, en el proceso de gratuidad de las escuelas infantiles públicas de Navarra. En este caso, el consejero Carlos Gimeno ha dado a conocer que la escolaridad en la red de escuelas infantiles públicas de Navarra será gratuita a partir del próximo curso para las familias generales cuya renta anual per cápita sea inferior a 9.300 euros.

Asimismo, Gimeno ha anunciado la gratuidad del Primer ciclo de Educación Infantil de 0-3 años para todas las familias monoparentales o en situación de monoparentalidad, y una nueva reducción lineal de 10 euros en las tarifas de las familias con rentas per cápita superiores a las anteriormente señaladas que, con esta nueva rebaja de tarifas de escolaridad, acumulan reducciones de entre un 33,65% y un 17,68%.

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Además de la gratuidad total en la escolaridad en los tramos de renta más bajos, la nueva reducción determinada por el Departamento de Educación supondrá en los tramos de renta superiores una rebaja del coste de escolaridad para las familias generales, de entre 12,66% y un 5,78%, sobre los precios del presente curso.

El Departamento seguirá asumiendo el próximo curso el pago correspondiente de comedor de las niñas o niños exentos de cuota que se matriculen en una escuela infantil no perteneciente a su municipio, por no haber escuela infantil o no haber vacantes en la escuela infantil de este.

El anuncio de esta tercera reducción de tarifas de la legislatura para el Primer ciclo de Educación Infantil ha sido realizado por el Departamento de Educación en la rueda de prensa en la que se ha presentado por primera vez, de forma conjunta, el proceso de admisión del alumnado de la etapa educativa de todo el ciclo de Educación infantil de 0 a 6 años y del ciclo de Educación Primaria. El periodo de preinscripción para el curso académico 2023-2024 en el segundo ciclo de Educación Infantil y en Educación Primaria en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad foral de Navarra se llevará a cabo entre los días 6 y 10 de marzo próximo y afectará a 5.201 niños y niñas residentes en Navarra y nacidos en el año 2020.

Por su parte, el periodo de preinscripción para el Primer ciclo de Educación Infantil de 0 a 3 años se abrirá también el próximo 6 de marzo y se prolongará hasta el día 17 de ese mes. Por vez primera, la presentación de solicitudes para la oferta de plazas se realizará de forma conjunta entre el Departamento de Educación y el organismo autónomo de Escuelas Infantiles de Pamplona / Iruña, tanto para las once escuelas infantiles dependientes del Ayuntamiento de la capital, como para las cinco escuelas que el Gobierno tiene en la ciudad. De igual forma, la preinscripción para las dos escuelas infantiles existentes en Burlada / Burlata (Egunsenti, dependiente del Gobierno foral y la escuela infantil de la localidad, dependiente del ayuntamiento) se realizará de forma conjunta.

Disminución de ratio a 20 en aulas de 3 años

Acompañado del director general de Educación, Gil Sevillano, el consejero Gimeno ha explicado que, como novedad en el proceso de admisión, el Departamento de Educación ha determinado para el curso 2023-2024 una disminución de la ratio a 20 alumnos y alumnas en el primer curso de segundo ciclo de Educación Infantil (3 años) y a 22 alumnos y alumnas en el segundo curso de Educación Infantil en el centro educativo y modelo lingüístico que, a la fecha de elaboración del índice ACNEAE recogido en la tabla del anexo de la resolución por la que se convoca el proceso de admisión del alumnado, tenga índice negativo. En este sentido, hay que señalar que se ha procedido a realizar una actualización metodológica del censo ACNEAE que ha conllevado algunas modificaciones en el cálculo del índice.

El consejero ha indicado también que los centros educativos que, en el momento de aprobación de la resolución, tuvieran grupos que dispongan de una ratio superior a la señalada, únicamente podrán sustituir las bajas que se produzcan cuando ello no implique superar la ratio de 25 estudiantes por aula. Es decir, una bajada de ratios para centros más vulnerables y con mayor índice de necesidad.

La solicitud de participación en el proceso ordinario de admisión se tramitará preferentemente de forma telemática desde el espacio web que a tal efecto habilite el Departamento de Educación. Para cada alumno o alumna solo deberá presentarse una única solicitud, en la que se indicará el centro elegido como primera opción, así como hasta cinco centros adicionales a los que optar en caso de no resultar adjudicatario de plaza en el centro de primera plaza.

Cálculo de la renta per cápita

Habrá una destacada novedad relativa al cálculo de la renta per cápita, uno de los criterios prioritarios del baremo de admisión. Para la acreditación de este criterio de la unidad familiar deberá marcarse necesariamente, en la solicitud de admisión, la casilla de autorización de consulta de la declaración de la renta del ejercicio 2021 para obtener los datos de Hacienda. De esta manera el Departamento de Educación podrá asignar la puntuación correspondiente a este apartado. En caso de declaraciones de renta separadas, deberá ser autorizada por ambos progenitores o tutores legales.

Los restantes criterios del baremo de admisión no sufren modificaciones respecto a procesos anteriores y son la existencia de hermanos o hermanas matriculadas en el centro; la proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de padres, madres o tutores legales; la concurrencia de discapacidad en el alumno o alumna o en alguno de sus padres, madres, tutores legales, hermanos o hermanas; la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo; la existencia de padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro; la condición legal de familia numerosa; la situación de acogimiento familiar del alumno o alumna; la condición de familia monoparental y el ser alumnado nacido de parto múltiple.

El Decreto foral 33/2021, de 28 de abril, y la Orden foral 46/2021, de 4 de mayo, del consejero de Educación, constituyen la normativa que regula y desarrolla, respectivamente, la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad foral de Navarra para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Ambas normas establecen que, al objeto de velar por la distribución equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, el Departamento de Educación elaborará anualmente, por centro, un índice de escolarización de este alumnado. El proceso de prematrícula para el curso 2023-2024 será ya el tercero que se desarrolla con la nueva normativa.

Reserva de plazas

En primer curso de segundo ciclo de Educación Infantil se reservarán dos plazas por cada unidad escolar hasta el final del periodo de preinscripción para la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, reserva que se hará efectiva en la totalidad de los centros públicos y privados concertados de la Comunidad foral de Navarra. Una vez finalizado el plazo de reserva de plazas, las plazas reservadas no cubiertas quedarán, a todos los efectos, liberadas, pudiendo ofertarse a alumnos y alumnas que no hubieran concurrido por condición de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

En el resto de cursos se atenderá al índice de escolarización de dicho alumnado, el cual determinará la naturaleza de las posibles vacantes a ofertar en cada uno de los centros de la Comunidad foral de Navarra. A tal efecto, la reserva de plazas en todos aquellos centros cuyo índice de escolarización de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se encuentre por encima de la media de su respectiva área de influencia, será exclusivamente de plazas para alumnado de estas características. De modo contrario, y en atención asimismo al referido índice de escolarización de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, la oferta de posibles vacantes en aquellos centros cuyo índice de escolarización de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se encuentre por debajo de la media de su respectiva área de influencia, se limitará exclusivamente a alumnado que no reúna dicha condición.

Quedan exceptuados de estas consideraciones al índice los centros ubicados en municipios donde exclusivamente existe un único centro educativo por etapa o modelo lingüístico, en los que la admisión del alumnado derivada de la oferta de las posibles vacantes se realizará indistintamente para alumnos y alumnas que reúnan o no la condición de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La reserva se mantendrá hasta el final del periodo de la evaluación ordinaria, o en su caso extraordinaria, entendiéndose liberada dicha reserva, a todos los efectos, en el momento precio al de la publicación de las listas definitivas.

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