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El Gobierno de Navarra asegura que las elecciones no van a alterar la asunción de las competencias de tráfico en julio

El portavoz del ejecutivo, Javier Remírez, explica que un Gobierno en funciones tiene sus limitaciones pero no afectará a la transferencia

Efectivos de la Guardia Civil de tráfico / Jesús Diges (EFE)

Pamplona

El portavoz del Gobierno de Navarra, Javier Remírez, ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo de rechazar la suspensión cautelar del traspaso a la Comunidad foral de las competencias de Tráfico y ha mostrado su preocupación por las "ofensivas recentralizadoras" y la "hostilidad hacia los fueros de Navarra". En la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno, Remírez ha afirmado que el auto del Supremo, desestimando la medida solicitada por Justicia Guardia Civil (JUCIL), supone "un fortalecimiento de nuestro autogobierno y de la hoja de ruta marcada por el Gobierno de Navarra y que se recoge" en la Lorafna y la Constitución.

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Asimismo, ha expresado su preocupación por "las ofensivas recentralizadoras y de hostilidad hacia los fueros de Navarra" que "están reconocidos" en el Amejoramiento y la Constitución. Y ha destacado que el Ejecutivo foral "está siempre dispuesto a defender ese autogobierno".

Preguntado si la convocatoria de elecciones generales podría afectar al calendario para la transferencia de esta competencia a la Comunidad foral, Javier Remírez ha indicado que el Real Decreto que establece este traspaso competencial "es claro" y Navarra asumirá la titularidad a partir del 1 de julio. A partir de ahí se abre un calendario de implantación "progresiva" con un periodo de transición de un máximo de cuatro años.

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"En principio, total normalidad, implementación progresiva", ha resaltado el portavoz del Ejecutivo, que ha señalado que "lógicamente con las limitaciones que tiene a la hora de tomar decisiones un Gobierno en funciones, pero en lo sustancial no va a haber ningún tipo de alteración".

Sentencia

La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar interesada por Justicia Guardia Civil (JUCIL) contra el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

En un auto, la Sala señala que la medida cautelar pretendida por la recurrente se ceñía a las consecuencias de la ejecución del acuerdo de la Junta de Transferencias en lo que pueda afectar a los intereses profesionales de los guardias civiles a quien representa, y más en concreto los intereses de aquellos que no sean transferidos a la Comunidad foral.

El Supremo argumenta, a los efectos del 'periculum in mora', esto es, que de no estimarse la medida pretendida perdería efectividad una eventual sentencia estimatoria, que "no cabe suspender la ejecutividad de un acuerdo de traspaso de funciones y servicios invocando unos perjuicios profesionales que se desconocen y que, todo lo más, la recurrente intuye o teme".

Añade que "de dictarse una eventual sentencia estimatoria no se justifica que el mantenimiento de la ejecutividad de los acuerdos impugnados lleve a crear una situación irreversible, capaz de hacer perder a esa posible sentencia su fin legítimo; además, visto el plazo que se prevé para el despliegue progresivo de la Policía Foral, antes de consumarse recaerá sentencia atendiendo a los tiempos de resolución de esta Sala".

Por otro lado, el auto considera que no está de más incidir en que esa retirada progresiva "deberá siempre ejecutarse facilitando la conciliación de la vida profesional, personal y familiar pues en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil", y recuerda que "tal conciliación es un principio rector de la ordenación profesional en el ámbito de la Guardia Civil (artículo 5.2)".

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