El Reglamento de Policía Foral de Navarra entrará en vigor tras el verano "con carácter retroactivo"
El consejero de Interior, Javier Remírez, reconoce que "no ha sido fácil" su tramitación
Pamplona
El Gobierno de Navarra ha adoptado en su sesión de este miércoles, 28 de junio, un acuerdo por el que se toma en consideración el proyecto de Decreto Foral por el que se aprueba el Reglamento de jornadas, horarios y retribuciones de la Policía Foral de Navarra para su remisión al Consejo de Navarra que deberá emitir el preceptivo informe. Una vez recibido el dictamen por parte del Consejo de Navarra, el consejero de Interior, Javier Remírez, espera que pueda entrar en vigor entre los meses de "septiembre y octubre" pero matiza que "tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2019, "más allá de cuándo se apruebe, eso está garantizado".
El consejero y portavoz del Gobierno de Navarra ha subrayado que a pesar de las críticas del cuerpo policial, se han dado "profundos avances durante esta legislatura". Ha hecho especial hincapié en el reglamento que ahora afronta sus últimos trámites y que "tenía muchísima complejidad, que se ha ido desenmarañando en colaboración con el Estado" en un camino que, ha apuntado, "no ha sido nada fácil".
El nuevo Reglamento, recogido en proyecto de Decreto Foral, persigue una mayor eficiencia de la organización para una mejor prestación del servicio policial a la ciudadanía y se establecen mejoras en las condiciones laborales y organizativas para todas y todos los integrantes de Policía Foral.
Garantizar la prestación del servicio
El Gobierno de Navarra ha realizado una propuesta que supone una “clara mejora” de las condiciones laborales de los integrantes de Policía Foral con el fin último de que revierta en una mejor prestación del servicio de protección y seguridad a la ciudadanía.
En cuanto a las jornadas y los horarios, al ser un servicio esencial que ha de prestarse las 24 horas de los 365 días del año, se establecen sistemas específicos para cubrir servicios mediante llamamientos u otras figuras que permitan la prestación continuada del servicio. Siempre respetando las normas de descanso del personal o la garantía de los periodos vacacionales, licencias, permisos o cualquier otra situación sobrevenida.
Además, en el ámbito de los horarios, el documento articula hasta tres tipos diferenciados de acuerdo a las distintas funciones atribuidas a las unidades de Policía Foral: horario general, horario flexible y horario de cómputo en días, pudiendo adaptarse y actualizarse las unidades de cada uno de estos tipos mediante orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de Interior, previa negociación en la mesa sectorial de la Policía Foral.
En lo que se refiere a las retribuciones, el Reglamento se ocupa principalmente de las retribuciones complementarias propias de la Policía Foral según el empleo, puesto o funciones que se desarrollen dentro de la organización policial, además del complemento específico que percibe todo el personal del cuerpo. Asimismo, el documento estipula otra serie de retribuciones tales como indemnizaciones por viajes o adquisición de vestuario o compensación de las horas realizadas fuera de la jornada ordinaria.
Las retribuciones se ajustan a lo establecido en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra que establece que las o los integrantes de Policía Foral que hubieran perdido retribuciones en aplicación de la anterior ley, las recuperen.