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Navarra fomentará con incentivos fiscales a los propietarios de vivienda para alquiler permanente

El Gobierno foral aprueba la ley con las medidas tributarias que implican también al sector primario, la empresa o los pensionistas

Navarra introducirá mejoras fiscales para los arrendadores, especialmente en las zonas tensionadas.(Getty Images)

Pamplona

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles el proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, entre las que los principales beneficiarios serán los propietarios, el sector agro o el sector audiovisual. El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti, ha ofrecido los detalles de un texto de ley “muy trabajado” y que viene marcado por “la necesidad de que los mutualistas navarros tengan una solución tras las sentencias del Tribunal Supremo que establecen el derecho de determinados mutualistas ya jubilados que realizaron aportaciones a mutualidades antes de 1978 a una reducción en la tributación del IRPF por las pensiones que perciben”. Será a través de una deducción extraordinaria y de un cambio normativo en sus próximas declaraciones de la renta. Estas medidas, recientemente aprobadas por Ley en el Parlamento Foral, supondrán un coste de 150 millones de euros en las arcas de la Comunidad Foral. Habida cuenta de esta realidad, el proyecto de Ley está marcado por una serie de objetivos consensuados y que se agarran a las prioridades que se marca el Ejecutivo foral. En ese sentido, la preocupación del Gobierno de Navarra en relación con la dificultad de acceso a la vivienda se pone de manifiesto en los nuevos incentivos que se establecen en el supuesto de arrendamiento de inmuebles con destino a vivienda.

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Con estas medidas “se trata de favorecer el arrendamiento de vivienda permanente, situada en zonas de mercado residencial tensionado, frente a los arrendamientos turísticos, de temporada o por habitaciones; con incentivos que pueden llegar hasta el 90 % de reducción del rendimiento neto”, ha destacado el consejero.

En concreto, se mantiene la reducción del 70 % aplicable a los rendimientos netos derivados del arrendamiento de viviendas incluidas en la bolsa pública de alquiler que gestiona Nasuvinsa, y, dada la próxima declaración en Navarra de zonas de mercado residencial tensionado, la citada reducción se incrementará en 20 puntos porcentuales, hasta llegar al 90 %, si la vivienda arrendada está situada en una zona de mercado residencial tensionado.

Del mismo modo, y cuando se trate de viviendas no incluidas en la cita bolsa pública de alquiler, se establece una reducción del 50 % sobre el rendimiento neto positivo derivado del mismo, cuando la vivienda esté situada en una zona de mercado residencial tensionado.

Medidas de impulso al sector primario

El proyecto de Ley aprobado por el Gobierno de Navarra pone el acento en mejorar la fiscalidad empresarial con especial atención a distintos actores que componen el sector productivo de la comunidad.

Por ejemplo, en el sector primario destaca, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la exención total de las ayudas financiadas por el FEAGA –hasta ahora eran al 50 %- que sean percibidas por agricultores a título principal o titulares de explotaciones agrarias prioritarias, manteniéndose el límite de 20.000 euros de exención, aplicable de forma conjunta con las ayudas FEADER.

Se excluyen del citado límite de 20.000 euros las ayudas de los eco-regímenes que, aunque están financiadas por el FEAGA, quedan totalmente exentas con independencia de quien las perciba. Además, para facilitar el relevo generacional y el rejuvenecimiento del sector primario, se excluyen también del citado límite de exención las ayudas públicas a la primera instalación de agricultores.

José Luis Arasti también ha destacado una medida destinada a que “un mayor número de contribuyentes puedan determinar el rendimiento neto de su actividad mediante el régimen de estimación directa especial”.

Se trata de elevar de 300.000 a 350.000 euros el umbral del volumen de operaciones del ejercicio anterior que permite la aplicación del citado régimen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Además, y también dentro de las iniciativas destinadas al sector primario, destaca la reducción del 19 al 5 %, el porcentaje de retención a cuenta del IRPF o a cuenta del Impuesto sobre Sociedades aplicable sobre las rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles rústicos.

Incentivo fiscal audiovisual

La mejora en el sector audiovisual también se recoge en el texto de ley. “Tras las conversaciones mantenidas con el sector en los diferentes encuentros que hemos mantenido -ha dicho Arasti-, se ha decidido aplicar una serie de mejoras en las deducciones ya existentes”.

Así, se eleva el porcentaje de deducción con carácter general del 35 al 45 %, manteniendo el porcentaje de territorialización de gastos en Navarra en el 40 % de la inversión. Además, se eleva el porcentaje de deducción para las “obras difíciles”, del 40 % sobre el primer millón de base de deducción al 50 % sobre los tres primeros millones de euros, y se incluyen los cortometrajes como “obra difícil” susceptible de aplicar ese 50 % de deducción.

Y no sólo eso, sino que se establece el límite del 85 % de intensidad de las ayudas (en lugar del 50 %) a cualquier proyecto audiovisual cuyo coste de producción no supere el millón de euros.

Impulso a la movilidad eléctrica

En otro orden de cosas, el consejero ha explicado la decisión de incentivar en mayor medida la compra de turismos y furgonetas o camiones ligeros eléctricos o híbridos enchufables, elevando el límite de base de deducción de estos vehículos de 32.000 a 35.000 euros. Esta iniciativa puede suponer que se alcancen deducciones que lleguen a los 12.250 euros.

En paralelo, se mejora también la deducción por inversión en sistemas de recarga de alta potencia. Así, por un lado, se establece que a partir de 1 de enero de 2025 se aplicará el porcentaje de deducción incrementado en 5 puntos porcentuales también a los puntos de recarga cuya potencia supere 50 kW, ya que éstos son los que actualmente están en desarrollo tecnológico.

Además, se establece un límite de base de deducción más elevado en el caso de inversión en puntos de recarga de alta potencia que superen los 50 kW, ya que se trata de instalaciones complejas.

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