Política

El Congreso debatirá el 21 de noviembre la reforma de la LORAFANA para blindar la competencia de Tráfico a Navarra

El vicepresidente Taberna agradece la celeridad del Congreso para tramitar la reforma de la LORAFNA

Félix Taberna, vicepresidente de Navarra

Félix Taberna, vicepresidente de Navarra

Pamplona

Congreso de los Diputados debatirá el jueves 21 de noviembre la reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), que posibilitará blindar la competencia de Tráfico como derecho histórico. La reforma previsiblemente será aprobada por lo que se convertirá en el tercer cambio que experimenta el Amejoramiento en un plazo de preparación y negociación récord, subraya el Gobierno Foral en un comunicado en el que el vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna, agradece la celeridad del Congreso para la tramitación.

Esta reforma ya recibió el visto bueno del Congreso de los Diputados el pasado 11 de septiembre en primera lectura, pero fue rechazada en el Senado el pasado miércoles, con el voto en contra del PP y Vox. Una vez devuelta la propuesta de reforma al Congreso, esta Cámara disponía de dos meses para volver a votar este asunto y levantar este veto.

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La norma que previsiblemente se aprobará contiene un artículo único con dos apartados.

El primero modifica el apartado 3 del artículo 49, en el sentido de que corresponden a Navarra en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en virtud de su régimen foral y de lo dispuesto en esta ley orgánica, además de las facultades y competencias que viene ostentando, la competencia para la ejecución de la legislación del Estado, así como las funciones de vigilancia y control del tráfico.

En segundo lugar, se adiciona un párrafo a la LORAFNA disponiendo que, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial las competencias de la Policía Foral se regirán por lo dispuesto en el artículo 49.3 de la LORAFNA.

Una vez aprobada la reforma y que entre en vigor, para garantizar el progresivo, adecuado y efectivo ejercicio por parte de Navarra de la competencia de vigilancia y control del tráfico dentro de su territorio, se deberá tramitar, posteriormente a su entrada en vigor, la adopción por la Junta de Transferencias de sendos acuerdos, explica el Ejecutivo.

Por un lado, un acuerdo de ampliación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 252/2023, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, asignándole de nuevo la función de “detectar infracciones”.

Y, por otro lado, un acuerdo complementario al anterior acuerdo de ampliación, que regule el despliegue definitivo de los agentes de Policía Foral para la vigilancia y control en materia de tráfico, la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores y la recaudación subsiguiente.

Desde su aprobación, en 1982, se han efectuado dos reformas parciales de la LORAFNA aprobadas en 2001 y 2010. En 2001 se modificó para eliminar el proceso automático de elección del Presidente o Presidenta de Navarra, a quien se le otorgó además la facultad de disolución anticipada del Parlamento.

La segunda modificación fue instada por el Gobierno de Navarra en 2009 para adaptar el texto de 1982 a la realidad jurídico-política actual y afectó a más de una veintena de artículos, entre añadidos y modificados, si bien la reforma sustancial consistió en la ampliación del plazo de la legislatura a cuatro años en caso de disolución anticipada del Parlamento de Navarra y convocatoria de nuevas elecciones.

También incluyó la disolución de la Cámara si tres meses después de su constitución no se ha elegido al Presidente o Presidenta de Navarra y se articuló la participación de Navarra en la toma de decisiones de la Unión Europea que afecten a sus competencias o intereses. El texto, además, derogó cuatro disposiciones transitorias referidas a mandatos ya cumplidos.

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