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Navarra sufragará con 3,5 millones de euros los contratos relevo para la jubilación parcial del profesorado de la concertada

El cambio de normativa, que entró en vigor el pasado 1 de abril, obliga a contratar a un relevista al 100%

Pamplona

El Gobierno de Navarra ha autorizado la ejecución del acuerdo alcanzado entre las patronales de la enseñanza privada concertada y los sindicatos mayoritarios representativos para aplicar las nuevas condiciones de acceso a la jubilación parcial anticipada y el contrato de relevo establecidas en el Real Decreto ley 11/2024, de 23 de diciembre. El acuerdo permitirá garantizar el derecho a la jubilación anticipada del profesorado de la educación concertada. El gasto que el departamento de Educación asume para afrontar el incremento del coste de estas medidas asciende a 3.477.626 euros. El cambio de normativa respecto a la jubilación parcial anticipada con contrato de relevo, que entró en vigor el pasado 1 de abril, supone un incremento de coste debido a la obligación de contratar a un relevista al 100% en sustitución del docente que reduce su jornada laboral. Este incremento se compensa en gran medida, ha explicado el Gobierno, con el ahorro que se produce en otras medidas contenidas en el acuerdo alcanzado entre patronal y sindicatos de la enseñanza concertada. El acuerdo tiene encaje tanto en la disponibilidad presupuestaria del Gobierno de Navarra de 2025 como en las cifras aprobadas en el Marco Económico Plurianual a Medio Plazo para la enseñanza concertada.

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De esta forma, el acuerdo de Gobierno aprobado este miércoles garantiza la aplicación del derecho a la jubilación parcial anticipada de los docentes de la educación concertada que cumplan los requisitos para poder acceder dos años antes de la edad de jubilación ordinaria según los términos pactados entre patronal y sindicatos. La persona jubilada parcial trabajará un 25% de una jornada completa y podrá acumular ese tiempo. Los centros educativos tendrán la obligación de acumular el tiempo de trabajo de los jubilados parciales, a elección de éstos, en uno o dos cursos, salvo que para cualquiera de dichos supuestos concurran circunstancias excepcionales pedagógico/organizativas que lo impidan.

El departamento de Educación asumirá el coste total de la correspondiente cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social. Asimismo, la Administración educativa abonará el contrato de relevo a tiempo completo que suscriba la empresa, dotando a estos efectos a los centros de 5,75 horas lectivas adicionales de concierto, más las correspondientes no lectivas, y asumirá el coste total de la correspondiente cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social, asegurando la empresa un contrato con carácter indefinido durante los dos años anteriores a la fecha de jubilación ordinaria del profesor al que sustituye y hasta dos años después de dicha fecha de jubilación.

El número de docentes de la enseñanza concertada en el llamado 'pago delegado', que efectúa el departamento de Educación, es de unos 2.800. El número de docentes en la enseñanza pública navarra asciende a unas 11.400 personas, de las cuales 2.800 pertenecen al colectivo de clases pasivas del Estado, con opción de jubilación a los 60 años. Al resto, unos 8.600 docentes, se les aplica la edad de jubilación ordinaria, sin posibilidad a día de hoy de jubilación parcial anticipada. Las retribuciones que a día de hoy perciben de media los docentes de la enseñanza concertada suponen desde el año 2023 un 95% respecto a los sueldos del profesorado de la red pública.

El pasado 16 de abril las patronales del sector de la enseñanza privada concertada y los sindicatos mayoritarios del sector, SEPNA-FSIE, UGT y CCOO, acordaron una modificación del ámbito temporal del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos y el Convenio Colectivo de Ikastolas de Navarra. Un acuerdo firmado el 9 de septiembre de 2024 y que en principio iba a estar vigente hasta el 31 de agosto de 2026 pero que, por decisión de ambas partes, se ha ampliado hasta el 31 de agosto de 2028, ha informado el Ejecutivo. Esta actualización del acuerdo entre patronales y sindicatos incluyó también la incorporación de parte de las medidas del Real Decreto-Ley 11/2024 para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. Un texto que incluye la mejora de la regulación de la jubilación parcial, la jubilación activa y de la jubilación demorada tal y como se estableció en el acuerdo de la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones, del 31 de julio de 2024, que fue ratificado el 18 de septiembre por los agentes sociales y el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez. El objetivo de esta norma es que los trabajadores puedan realizar una salida del mercado de trabajo "más progresiva y flexible", en línea con los países del entorno, más adaptada a las condiciones y situaciones de cada trabajador.

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