¿Las prostitutas tienen derechos laborales?
"O prohíben la actividad o la dotan de los mismos derechos y obligaciones que tiene cualquier trabajo. No hay caminos intermedios en un estado de derecho."


Madrid
Una sentencia pionera dictada por un juez de lo social de Barcelona establece que la prostitución no forzada y ejercida en un local dedicado a esa actividad es un trabajo que debe tener los mismos derechos laborales que cualquier otro: afiliación a la seguridad social y derecho a paro. Quizás a alguien le parezca una sentencia polémica, aunque lo verdaderamente polémico es que se haya tardado tanto en afrontar lo evidente.
Porque, despejada la trata criminal que debe ser perseguida, la prostitución voluntaria se desenvuelve en un limbo legal injustificable que ampara una economía sumergida y desprotege a las trabajadoras. La sentencia puede ser recurrida, pero si se confirma en instancias superiores sentará un precedente que forzará a los poderes ejecutivo y legislativo a definirse de una vez. O prohíben la actividad o la dotan de los mismos derechos y obligaciones que tiene cualquier trabajo. No hay caminos intermedios en un estado de derecho.




