“No puede mandar un protocolo hospitalario sobre la decisión individual de una madre”
El Tribunal Constitucional ampara a una mujer a la que se negó la licencia para incinerar los restos de su hijo no nacido

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Madrid
El Tribunal Constitucional ha dado la razón a una mujer a la que se denegó la licencia para incinerar los restos resultantes de un aborto programado y despedirse así, en compañía de su pareja en una ceremonia civil, de su hijo no nacido.
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“No puede mandar un protocolo hospitalario sobre la decisión individual de una madre”
A la mujer le fue practicado un aborto tras la detección de graves malformaciones en el feto, que en ese momento contaba con 22 semanas de gestación. En esta sentencia, el Tribunal considera que se ha vulnerado el derecho fundamental de la mujer a la intimidad personal y familiar.