¿Deben prescribir los delitos sexuales contra menores?
Las víctimas sufren un complejo proceso, difícil de cuantificar en años, antes de asimilar su traumática situación
Madrid
Los delitos sexuales contra menores, según sean abusos o agresiones, prescriben entre los 5 y los 15 años después de que la víctima alcanza la mayoría de edad. Este plazo ha suscitado siempre debate entre los expertos, divididos entre quienes, en nombre de la seguridad jurídica, creen que es suficiente y quienes consideran que debería ampliarse, incluso decretar que sean delitos imprescriptibles, como lo son el genocidio o el terrorismo.
La polémica de Isaías Lafuente (15/12/2016) - ¿Deben prescribir los delitos sexuales contra menores?
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Es verdad que nuestro sistema es garantista y los plazos forman parte de las garantías. Pero también es cierto que las víctimas de estos delitos sufren un complejo proceso, difícil de cuantificar en años, antes de tomar conciencia, asimilar su traumática situación y tomar la decisión de denunciar a sus agresores, sabiendo además que se enfrentarán a un segundo calvario. La polémica no es fácil. Pero si en el adulto que denuncia hoy, después de lustros, somos capaces de vislumbrar al niño que sufrió la cobarde y brutal agresión quizás no sea tan fácil despachar la imprescriptibilidad de este asqueroso delito.