"Desconectar a los trabajadores es un despido": el abogado de SBO explica qué está pasando con la 'ley rider'
El abogado del bufete que consiguió que el Supremo reconociera a los riders como falsos autonomos ha explicado qué cobertura legal tienen o no las medidas que están implementando las plataformas de reparto desde la entrada en vigor este jueves de la nueva ley
Madrid
Tras meses de espera, la 'ley rider' ha entrado en vigor este jueves. La normativa recoge los derechos de los repartidores de las plataformas digitales y regula las relaciones laborales entre ambos para que dejen de ser 'falsos autónomos'. La implantación de la ley trae consigo el fin de los tres meses que el Tribunal Supremo estableció para que las plataformas pudieran adaptarse, pero algunas empresas están planteando fórmulas que no terminan de gustar a los sindicatos, ya que las consideran contrarias a lo que establece la nueva ley.
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De hecho, y como ha explicado en 'Hora 25' Luis Suárez, abogado laboralista de SBO Abogados, el bufete que consiguió que el Supremo reconociera que había que contratarlos como asalariados, estas propuestas son ilegales, pero tanto en esta ley como dentro del funcionamiento del derecho laboral en general. "La ley no añade nada nuevo desde el derecho, sino que hace una interpretación, una presunción legal", afirma.
Los despidos improcedentes ya están regulados por la ley
De esta manera, ha destacado que lo unico que hace el Supremo con esta ley es enlazarla con la jurisprudencia ya existente, pero que ahora también ampara las nuevas etapas de desarrollo organizativo como lo son las plataformas de internet y las tecnologías actuales.
Y es por ese motivo por el que no comparte algunas de las soluciones que proponen las plataformas de reparto como 'Glovo', que ha asegurado que trabaja en un modelo inédito, aunque Suárez cree que habrá que esperar a ver cómo evolucionan las circunstancias.
'Just Eat' ha despedido a sus trabajadores
Sin embargo, ha juzgado duramente a 'Just Eat', la empresa que ha desconectado a gran parte de sus trabajadores y que, como explica el abogado, "si corto el cordón umbilical que me conecta con el centro organizativo de la empresa, no me dan trabajo y no me pagan es un despido, y sin cientos de trabajadores es un despido colectivo encubierto o clandestino". Suárez no tiene dudas, es un "flagante incumplimiento de la ley" aunque la compañía de reparto pretenda dar una imagen distinta.
En cualquier caso, el abogado insiste en estudiar las circunstancias. "Podrían ser ilegales si quien sigue organizando la actividad es la plataforma. Las subcontratas son meras suministradoras de mano de obra y eso en España solo lo pueden hacer las ETT, y es para trabajo temporal y no permanente".