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Condenado a 22 años de prisión el único acusado del caso Entrena por el asesinato de Javier Ovejas

También le condena a 9 meses por tenencia ilícita de armas y a pagar 100.000 euros a la pareja de la víctima y 200.000 euros al padre y hermanos

LOGROÑO (LA RIOJA) 26/06/2023.- El acusado como presunto autor del asesinato y desaparición del joven Javier Ovejas en Entrena el pasado julio, Óscar P.R., durante la quinta y última jornada del juicio con tribunal popular que la Audiencia Provincial de La Rioja ha celebrado este lunes, con las conclusiones de las partes. EFE/ Raquel Manzanares / RAQUEL MANZANARES (EFE)

LOGROÑO (LA RIOJA) 26/06/2023.- El acusado como presunto autor del asesinato y desaparición del joven Javier Ovejas en Entrena el pasado julio, Óscar P.R., durante la quinta y última jornada del juicio con tribunal popular que la Audiencia Provincial de La Rioja ha celebrado este lunes, con las conclusiones de las partes. EFE/ Raquel Manzanares

La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a 22 años de prisión a O.P.R. por el delito de asesinato de Javier Ovejas el 29 de julio de 2021 en el municipio riojano de Entrena, cuyo cadáver no ha aparecido; y para lo que estableció "un plan organizado" y "un ataque súbito absolutamente inesperado".

También le condena a 9 meses de cárcel por el delito de tenencia ilícita de armas y a pagar 100.000 euros a la pareja de la víctima y 200.000 euros al padre y hermanos, ha detallado este jueves, en una nota, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja.

El pasado 29 de junio y, tras 7 días de juicio, el tribunal de jurado de este juicio declaró culpable, por unanimidad, a O.P.R. de un delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas.

El jurado considera culpable al acusado de matar a Javier Ovejas

Sentencia

La sentencia recoge el veredicto del tribunal del jurado y considera probado que el acusado, con antecedentes penales por robo con fuerza y maltrato animal, estaba persuadido con la idea de que la víctima y su pareja sentimental le habían sustraído de su casa parte de su colección de monedas y billetes de colección.

Por ello, en la tarde del 29 de julio de 2021, el condenado, que había planeado acabar con la vida de Ovejas mediante varios disparos, según la sentencia, le pidió que fuera a su casa, a donde acudió voluntariamente.

El fallo judicial considera probado que el acusado ocasionó la muerte de su víctima con "sorpresa", ya que acudió en absoluta confianza a la casa y con total desconocimiento de las intenciones que albergaba su agresor.

También le causó la muerte con "ventaja", al ignorar la víctima que el acusado usaría contra él un arma de fuego, situación ante la que Ovejas no tuvo oportunidad de defenderse. Estas circunstancias, que se consideran acreditadas, fundamentan la concurrencia de la alevosía en estos hechos y, por lo tanto, la calificación de asesinato.

Un plan organizado

La sentencia afirma que el acusado había urdido un "plan organizado" para acabar con la vida de Ovejas y hacer desaparecer el cuerpo. "Los hechos ocurren en un margen temporal pequeño", según el magistrado presidente de la Audiencia, en el que Ovejas acude al domicilio de O.P.R., "se oyen los gritos, los disparos y, finalmente el movimiento de la furgoneta que lleva el cuerpo" de la víctima, "lo oculta y regresa".

El plan se llevó a cabo de una manera eficaz y en muy poco tiempo, por lo que se deduce que el acusado había organizado su plan antes de que llegara su víctima.

Además, considera probado que el acusado se deshizo del cuerpo sin vida de su víctima; así como de todos los indicios y útiles del crimen, ocultándolos en un lugar aún desconocido.

La sentencia señala que, en este caso, no existe un cuerpo que permita examinar las heridas que provocaron la muerte de Ovejas y si, por lo tanto, hubo "resultado letal". Recalca "la existencia de elementos revelados de su existencia, por cuanto, en un momento inicial, lo que alertó a los vecinos fueron los gritos de dolor extremo, los gritos pidiendo auxilio".

"Esos gritos cesaron después de los disparos de arma de fuego", según la sentencia, que añade que "es ahí cuando acallaron los gritos" y, en ese silencio posterior, "se observó por algunos testigos que algo pesado y compatible con una figura humana era introducida en la parte posterior de una furgoneta blanca que se marchaba del lugar y luego regresó".

Un ataque inesperado

Los hechos, según el fallo judicial, son "un evidente caso de indefensión" de Ovejas frente al acusado por la naturaleza de "un ataque súbito absolutamente inesperado".

En este sentido, se hace referencia al hallazgo de sangre y restos biológicos de la víctima en la furgoneta y en un determinado lugar de la finca propiedad del acusado, donde los testigos situaron los gritos que escucharon aquella noche.

Respecto al delito de tenencia ilícita de armas, la sentencia estima que, aunque el arma que acabó con la vida de Ovejas no fue encontrada, "no es obstáculo" para creer probada su existencia y su uso contra la víctima.

Varios testigos relataron haber escuchado con claridad disparos, unas declaraciones que se ven corroboradas por la presencia de varios casquillos de calibre 22 en el lugar de los hechos.

El acusado tenía una segunda arma, una escopeta calibre 32, en perfecto estado de funcionamiento; y carecía de las licencias y permisos que le permitieran tener y manejar armas de fuego, añade la sentencia, que puede recurrirse ante el TSJ de La Rioja

 

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