Termina el periodo de alto riesgo de incendios forestales en La Rioja
Desde el 1 de noviembre se flexibilizan las medidas restrictivas que había establecidas para determinadas actividades recreativas o trabajos de mantenimiento y agrícolas
Termina el periodo de alto riesgo de incendios en La Rioja
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Logroño
Acaba de terminar el periodo de alto riesgo de incendios, que va en La Rioja desde el 1 de julio y hasta el 31 de octubre. El director general de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi, considera que hemos tenido un "verano muy tranquilo similar al del año pasado y han ayudado para ello las precipitaciones que hubo en mayo y junio y también a principios de septiembre, principalmente, en la zona de la sierra que han minimizado los riesgo de conatos". Además de estas condiciones favorables, Sáenz de Urturi ha destacado que hay otros condicionantes que favorecen esta buena situación y son el que vivimos en una Comunidad pequeña con una superficie reducida y el poder contar con un dispositivo muy especializado y profesionalizado. "Esto nos permite poder llegar muy rápido a cualquier conato y que no se convierta en un incendio forestal, además de que se trabaja en coordinación con otros dispositivos de comunidades limítrofes, el Ministerio y los equipos de emergencia de la propia región", detalla el responsable del Gobierno de La Rioja.
Fin del periodo de riesgo
Con la llegada del mes de noviembre y la finalización del periodo de alto riesgo de incendios se flexibilizan ahora las limitaciones de los usos de fuego en determinadas actividades como las recreativas o los trabajos de mantenimiento y agrícolas. En este sentido, el Sáenz de Urturi ha destacado que ya el próximo 16 de noviembre "se pueden solicitar las quemas agrícolas que estaban prohibidas en el periodo de alto riesgo y, en definitiva, lo que hacemos es relajar las medidas porque las condiciones así lo permiten".
Asimismo, se consolida un índice de riesgo meteorológico -IPOGIF- en base a la información proporcionada por AEMET, que se usa para definir las restricciones de actividades que puedan entrañar riesgo de incendios forestales. Además, también se mantiene la categorización del territorio según su riesgo, de cara a la restricción de actividades.
La nueva orden
El uso del fuego, como hasta ahora, sigue requiriendo autorización, con tres posibles finalidades: usos alimenticios, eliminación de restos agrícolas o forestales, teniendo en cuanta que con carácter general sigue prohibida la quema de rastrojos y vegetación en pie, y lanzamiento de fuego artificiales, cohetes y otros.
La Orden concreta las condiciones, épocas y método de solicitud de permisos, con un modelo de instancia general. Para las peticiones de permisos de quema de restos vegetales se consolida el uso de la web https://quemas.larioja.org/ y su concesión en base a un calendario por zonas, que para la próxima campaña de quemas abarca el periodo comprendido entre el 16 de noviembre y el 8 de junio.
Los usos del fuego en terrenos urbanos quedarán sometidos a la normativa municipal u otra que proceda, excepto lo referente al lanzamiento de fuegos artificiales u otros portadores de fuego, sobre los que la Orden regula épocas y solicitudes por el riesgo que entrañan estos elementos lanzados en las proximidades de terrenos forestales.
Esta normativa pretende ser el marco general que permita el uso funcional y seguro del fuego de cara a la prevención de incendios forestales para los siguientes años. El texto íntegro de la misma se puede consultar en la página web https://www.larioja.org/medio-ambiente/es/gestion-forestal-incendios-forestales/incendios-forestales, además de la síntesis de los aspectos más importantes, los accesos a la aplicación de gestión de quemas y la información del índice de Riesgo meteorológico de Incendios para La Rioja (IPOGIF).