Condenan a un total de 73 años de cárcel a los tres implicados en el 'Crimen de Viniegra'
El juez considera a los tres coautores del delito de asesinato y de tenencia ilícita de armas e impone 23 y 24 años de cárcel para los dos hombres y 21 para la mujer

La Audiencia Provincial de La Rioja condena a un total de 73 años de cárcel a tres acusados de matar a un hombre y lanzar su cuerpo a una sima en Viniegra. El juez impone 23 y 24 años para los dos hombres y 21 para la mujer. EFE/Raquel Manzanares / RAQUEL MANZANARES (EFE)

Logroño
La Audiencia Provincial ha condenado a una pena total de 73 años de prisión a los tres implicados en el conocido como 'Crimen de Viniegra', acusados de asesinar a un hombre y, posteriormente, arrojar su cuerpo a una sima en Viniegra de Arriba (La Rioja). Los hechos sucedieron en agosto de 2022.
La sentencia considera que los dos hombres y la mujer (pareja sentimental de uno de ellos) que fueron juzgados por su implicación en el conocido 'Crimen de Viniegra' son "coautores" de un delito de asesinato por el que se les impone a los dos hombres 23 y 24 años de prisión y 21 años a la mujer. Además, el Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado impone a los tres acusados 10 años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.
También son condenados a 1 año y 6 meses de prisión cada uno por tenencia ilícita de armas. Y a uno de los acusados se suma una pena de 6 meses de cárcel por un delito continuado contra la seguridad vial por conducir sin puntos.
En la sentencia se fija una indemnización por daños morales de 200.000 euros para el hijo menor de la víctima y de 120.000 euros para cada uno de los progenitores.
El origen del crimen, una deuda
El origen del crimen, según la sentencia, fue la deuda de entre 12.000 y 15.000 euros que uno de los acusados había contraído con la víctima por un asunto de drogas. Este acusado se puso en contacto con los otros dos condenados para "quitarse el problema de encima". Acto seguido, los tres acusados urdieron un plan para cometer el asesinato.
Alevosía y ensañamiento
Según se afirma en la sentencia, la alevosía ha sido probada por la situación de confianza previa de la víctima debida a "las relaciones existentes anteriores".
Igualmente, se considera probado el ensañamiento porque, según se afirma en la resolución "se produjeron las lesiones antes de la muerte, un sufrimiento gratuito y buscado, lo que supone la esencia del ensañamiento".
La sentencia no es firme. Cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.
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