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Nueva fórmula para calcular la tasa de recogida de basuras en Logroño: estas son las novedades

La modificación, que incorpora los criterios de superficie y número de personas empadronadas en la vivienda, responde a una ley nacional y el pago voluntario se podrá hacer entre el 5 de agosto y el 6 de octubre

El Ayuntamiento de Logroño modifica la forma de calcular la tasa de recogida de basuras e incorpora los criterios de superficie y número de personas empadronadas en la vivienda

El Ayuntamiento de Logroño modifica la forma de calcular la tasa de recogida de basuras e incorpora los criterios de superficie y número de personas empadronadas en la vivienda

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Logroño

El Ayuntamiento de Logroño incorporará los criterios de superficie de la vivienda y de personas empadronadas en la misma -que se suman al hasta ahora único vigente del índice fiscal de la calle donde se encuentra- para el nuevo cálculo que la ley estatal obliga a hacer en el recibo de la tasa de basuras.

Un recibo para el que, del 5 de agosto al 6 de octubre, se pondrá en marcha el período de abono voluntario del pago correspondiente al primer semestre del año de la tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos.

El nuevo recibo incluye de este modo el coste real de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos en aplicación de la normativa impuesta desde el Gobierno de España, "de manera que se pasará de repercutir en el ciudadano del 66 por ciento actual al cien por cien del servicio".

Además, el recibo se girará de manera individualizada a cada usuario, de modo que, "de los aproximadamente 1.200 recibos que se estaban girando", como ha calculado Iglesias, muchos de ellos a comunidades de vecinos que luego lo individualizaban, "se pasará a unos 27.500 recibos".

Si el ciudadano tiene el recibo domiciliado, el cargo se realizará el 5 de septiembre. Si por el contrario el usuario no quiere domiciliar el recibo, puede abonarlo directamente, antes de que expire el plazo y con la carta de pago, a través de las entidades bancarias colaboradoras, mediante la Oficina Virtual Tributaria o en la Oficina de Atención del Contribuyente.

En el caso de las comunidades de propietarios ya no se remitirá un recibo general al administrador de la finca para que lo fraccione entre los residentes. "Hablamos de personas que hasta ahora no recibían este recibo desde el Ayuntamiento y que, por lo tanto, no lo tienen el hábito de abonarlo directamente", ha señalado el concejal de Administración Pública.

Nueva forma de calcular la tasa

"Como obliga la normativa europea y nacional, nos encontramos ante la obligación de repercutir a la ciudadanía el coste completo del servicio, es decir, que el Consistorio ingrese exactamente lo que le cuesta el servicio de recogida de basuras, algo que hasta ahora se estaba haciendo tan solo al 66,3%", ha destacado Francisco Iglesias.

Con el objetivo de que el coste del servicio repercuta en la ciudadanía de un modo más justo y vinculado a la responsabilidad ambiental, en el ámbito residencial se introducen dos criterios nuevos que se suman a la categoría o índice fiscal de cada calle, como son los metros cuadrados de la vivienda y el número de personas empadronadas en ella.

"Una fórmula que responde al criterio que marca la ley y que hace referencia a la idea de que paga más quien genera más residuos, pues una vivienda más grande y con más residentes pagará más que una persona que, por ejemplo, vive sola en la misma calle y en un piso más pequeño. Ahí es donde el reparto del gasto es más justo, pues hasta ahora ambas viviendas abonaban la misma cantidad al estar ubicadas en la misma calle", ha apuntado el concejal de Administración Pública.

Por lo que se refiere a la tarifa que grava los locales en los que se ejercen actividades se mantienen las dos variables utilizadas hasta la fecha, como son la superficie del local y la ubicación según el índice fiscal de calles.

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