La Ventana de La Rioja
Sociedad

"Estoy muy feliz": un juzgado de Logroño afirma que la prohibición a la alumna del IES Sagasta de llevar el velo islámico, va en contra de la libertad religiosa

La Justicia da la razón a la alumna del IES Sagasta, expulsada por llevar el hiyab

Un juzgado de Logroño afirma que la prohibición a la alumna del IES Sagasta de llevar el velo islámico, va en contra de la libertad religiosa

Logroño

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Logroño afirma que la prohibición a Eman Akram, una alumna del instituto Práxedes Mateo Sagasta de la capital riojana de acudir a clase con el velo islámico o hiyab vulnera el derecho fundamental de libertad religiosa protegido en la Constitución, incurriendo en nulidad.

Esta sentencia, estima parcialmente el recurso presentado por esta alumna de primer curso de Bachillerato Internacional, que, el pasado 15 de septiembre, fue expulsada de clase al acudir con el velo islámico y no descubrirse la cabeza, aunque días después volvió sin el hiyab para poder continuar con sus estudios.

"Estoy muy feliz"

Eman Akram, en declaraciones a Radio Rioja, reconoce estar "muy feliz por esta decisión de la justicia". Asegura que el esfuerzo ha merecido la pena y agradece el enorme apoyo que ha recibido en este tiempo en la recogida de firmas y en las concentraciones convocadas a las puertas del instituto.

Finalmente incide en que "esta lucha no ha acabado", ya que no olvida que hay cuatro centros educativos en La Rioja donde se mantiene la prohibición del velo islámico.

Eman Akram, alumna del IES Sagasta: "Estoy súper feliz pero no podemos rendirnos y esta lucha no ha acabado"

"Una buena noticia"

Henar Moreno, abogada de la alumna, ha afirmado en Radio Rioja que "es una buena noticia. Es evidente que además en el Instituto Sagasta hay otras personas que han acudido al centro con otros símbolos religiosos y en ese sentido nosotros considerábamos que era un tema que tenía más que ver con la islamofobia que con otro tipo de cuestiones. Por lo tanto, estamos muy satisfechas".

"La sentencia solo puede entrar al caso concreto de ella, en el que la expulsaron el 15 de septiembre por usar el hiyab. Pero la realidad es que al declarar la decisión como vulneradora del derecho fundamental de libertad religiosa y que así se recoge en la sentencia, incurre esa decisión en nulidad, pues también creo que tiene efectos para todo el mundo", determina la abogada.

Cabe recurso

La sentencia, ante la que puede presentarse un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja, indica que la alumna tiene derecho a recibir una indemnización de 2.000 euros por daños morales.

"Lo cierto es que esta sentencia no es firme, cabe recurso y, por tanto, en principio, hasta que no sea firme, lo único que podemos hacer en el caso de que se formule recurso por la contraparte sería solicitar la ejecución previsional", ha afirmado Moreno.

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