Un transexual logra la pensión de viudedad pese a no estar casado
Un sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce el derecho de una mujer transexual a percibir la pensión de viudedad de su pareja de hecho, que falleció dieciocho días antes de obtener una sentencia en la que se reconocía su cambio de sexo.
Según la sentencia, pese a que la pareja no estaba casada, eligió libremente asumir los derechos conyugales y removió "los obstáculos legales que les impedían contraer matrimonio", por lo que a juicio de la Sala, le hace a la mujer acreedora de la prestación de Seguridad Social reclamada.
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Así, en el fallo de la sentencia, se estima el recurso presentado por Hannah Sousa Rodríguez, antes David, contra la sentencia de 27 de octubre de 2000 del juzgado de lo Social Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, que denegaba el derecho a percibir la citada pensión.
En los fundamentos de la sentencia, que fue adelanta por el periódico "Canarias 7", el tribunal señala que no se trata de suplir el incumplimiento objetivo del requisito del matrimonio legalmente impuesto para acceder a la pensión de viudedad, sino de otorgar a aquella exigencia la flexibilidad necesaria en atención a las circunstancias del caso.
Pues, añade, la finalidad es evitar la desprotección en la que la demandante se encuentra tras el óbito del que no puedo formalmente llegar a ser su cónyuge", según se señala en el texto.