La misma empresa podrá participar en televisión nacional y local
Las cadenas están obligadas a emitir programas originales durante un mínimo de cuatro horas diarias y 32 horas semanales
Una enmienda del Grupo Popular en el Senado presentada hoy al proyecto de ley de Acompañamiento, que modifica el artículo 19 de la ley 10/1988 de Televisión Privada, flexibiliza la participación de las empresas de televisión de ámbito nacional en el mercado autonómico y local.
En una enmienda introducida por los populares en el Senado a la ley de acompañamiento el año pasado, se prohibía a un mismo grupo participar en una televisión generalista nacional y en televisiones locales y autonómicas.
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Según la enmienda presentada hoy, ninguna persona física o jurídica que posea más del 5 por 100 de una televisión estatal podrá tener una participación superior al cinco por ciento en una televisión autonómica o local, cuando la población cubierta por el conjunto de sus emisiones en esos ámbitos exceda del 20% del total nacional.
Igualmente sucede con las personas físicas o jurídicas que posean más del 5% de una televisión autonómica, ya que no podrán tener una participación de más del 5% en una televisión local, cuando la población cubierta por sus emisiones exceda del 20% del total autonómico.
Se prohíbe a las empresas de televisión tener más del 5 por ciento en diferentes compañías con idèntico ámbito de cobertura y en la misma demarcación.
Una segunda enmienda presentada hoy por los populares en el Senado detalla las obligaciones de programación y limitaciones a la emisión en cadena de los servicios de televisión.
Así, se establece que los titulares de concesiones para la prestación del servicio público de televisión de ámbito estatal o autonómico estarán obligados a emitir programas televisivos originales durante un mínimo de cuatro horas diarias y treinta y dos semanales.
Una tercera enmienda señala que los adjudicatarios de concesiones de Televisión Digital Terrenal podrán utilizar tecnología analógica para la difusión de sus emisiones durante dos años a contar desde el 1 de enero de 2004.




