Villar, condenado por irrespetuoso
El presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Angel María Villar, ha sido condenado al pago de una multa de 30 días, a razón de diez euros diarios, más las costas procesales, por haber llamado "impresentable" a un policía nacional el pasado 21 de noviembre en la estación de Santa Justa de Sevilla.
La condena a Villar se fundamenta en el artículo 634 del Código Penal, según el cual el dirigente futbolístico habría incurrido en una "falta al respeto y consideración debida a la autoridad o a sus agentes o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones".
Más información
Este mismo artículo contemplaba una posible condena de entre diez a sesenta días, con lo que la pena impuesta a Villar -ante la que cabe apelación- puede ser considerada de carácter medio. No obstante, si el presidente de la RFEF no abonara la cantidad indicada, debería cumplir el correspondiente arresto sustitutorio.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Villar -cuya defensa llevó el presidente del Sevilla, José María del Nido- incurrió en una "leve incorrección" al llamar impresentable al policia aludido anteriormente.
Los hechos sucedieron cuando Villar, que se trasladó a Sevilla para viajar posteriormente a Riotinto (Huelva) para inaugurar una monumento a la Cuna del Fútbol, intervino en una discusión originada al negarse el vicepresidente de la Federación Andaluza de Fútbol (FAF), Pedro Borrás, a abandonar una zona restringida de la estación tras pedírselo un vigilante jurado.
Esta actitud de Villar, que no acuidó al juzgado de Instruccíón número 17 de Sevilla al no tener obligación de hacerlo, fue tachada de "prepotente" e impropia de un cargo público por el Ministerio Fiscal durante la vista de la causa.
Borrás, absuelto
Por su parte Pedro Borrás, cuya defensa ha ejercido el jefe jurídico de la FAF, Angel Prados, ha quedado absuelto en este mismo caso.
En la sentencia se pone de relieve la existencia de versiones contradictorias sobre las acusaciones presentadas contra Borrás. En este sentido, se considera que las pruebas presentadas no son suficientes "para mantener el principio exculpatorio".
De hecho, ya la fiscal que llevó el caso retiró los cargos contra el vicepresidente el mismo día del juicio, y sólo los mantuvo la acusación particular.