Los europeos tendrán una tarjeta sanitaria común a partir de junio
Está pensada expresamente para turistas y pensionistas residentes en otro país de la UE
El Consejo de ministros de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores aprobó hoy definitivamente que a partir del 1 de junio de 2004 todo ciudadano de la Unión Europea pueda recibir atención mèdica en cualquier país miembro gracias a la nueva 'tarjeta sanitaria europea'.
La tarjeta sustituirá al actual impreso 'E-111', que permite el acceso a la atención mèdica durante estancias temporales en otros Estados miembros.
Será entregada a todos aquellos que la soliciten expresamente, principalmente con fines de turismo o pensionistas residentes en otro país de la Unión.
Asimismo, permitirá simplificar ciertas formalidades al eliminarse, por ejemplo, la obligatoriedad de contactar con la Seguridad Social del país de origen antes de facilitar una asistencia mèdica.
La tarjeta sanitaria será un documento sencillo que contendrá el nombre del usuario, su documento nacional de identidad y un código que identifique al instituto de seguridad que le respalda. Su lanzamiento tiene previsto tres fases.
En un primer estadio, desde el 1 de junio de 2004, la tarjeta cumplirá la labor del formulario 'E-111', que garantiza la cobertura sanitaria de urgencia durante desplazamientos cortos por los países de la UE. El carácter permanente de la tarjeta evitará el engorro de tener que demandar un formulario 'E-111' antes de cada desplazamiento.
En una segunda fase, la tarjeta cumplirá la función de todos los demás formularios utilizados durante estancias temporales, por ejemplo, el de los trabajadores desplazados a otro país (E-102), de los profesionales del transporte internacional por carretera (E-110), los estudiantes (E-128) o los trabajadores en busca de empleo (E-119).
En una tercera fase, se pretende que adopte la forma de una 'tarjeta inteligente' de lectura electrónica, en la que puedan incluirse datos sobre el historial clínico del usuario. La tarjeta permitirá, igualmente, que se abrevien los procedimientos de reembolso en aquellos países en los que los usuarios deben abonar la asistencia mèdica al recibirla.




