La Justicia europea garantiza que una mujer con baja por maternidad pueda elegir sus vacaciones
La empresa que denegó las vacaciones a una española argumenta que ya habían sido disfrutadas por maternidad
El tribunal de justicia de las comunidades europeas sentencia que las madres que hayan tenido que cumplir su baja por maternidad en su periodo de vacaciones podrán disfrutarlas cuando quieran. Anula la decisión de una empresa que había cancelado las vacaciones de una empleada.
Mari Paz se quedó embarazada, dio a luz y entre mayo y agosto del 2001 se acogió a su baja maternal de 16 semanas. Cuando quiso además disfrutar de su derecho a 30 días de descanso vacacional le dijeron que no por que ya era septiembre, es decir, ya habían pasado los dos meses de verano en los que, según se había pactado en el convenio, la empresa daba vacaciones a la mayor parte de sus empleados.
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Hasta ahora esta decisión dependía de lo grande o pequeña que fuera la empresa, del mayor o menor peso de tuvieran en ella los sindicatos o incluso de la generosidad del contratador. El Tribunal Europeo de Justicia establece que "una trabajadora no tiene que renunciar a sus vacaciones, según explica Pilar Morales, del sindicato Comisiones Obreras Madrid, sólo porque la baja de maternidad le haya coincidido con el periodo vacacional fijado por el convenio"
Comisiones ha conseguido este fallo favorable a la denuncia de una trabajadora de Madrid, después de que en otros casos varios tribunales inferiores, en nuestro país, hubieran sentenciado lo contrario.
El sindicato estudia hablar con los grupos parlamentarios para poner al día la ley de conciliación familiar y laboral.