Rechazado el archivo de la causa contra Atutxa por no disolver Batasuna
La magistrada de la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Nekane Bolado, ha rechazado archivar la causa abierta contra el presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, y los miembros de la Mesa de la Cámara Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, por supuesta desobediencia al negarse a disolver SA.
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En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, la juez instructora del caso deniega el sobreseimiento del prodedimiento solicitado por la defensa de los tres imputados, ejercida por el letrado de los servicios jurídicos del Parlamento, Alberto Figueroa, quien alegó que las querellas de la Fiscalía y Manos Limpias "vulneran" la inviolabiliadad parlamentaria de Atutxa, Knörr y Nilbao.
Nekane Bolado reconoce la existencia de este "privilegio" para los diputados, que se encuentra contemplado en el artículo 26.6 del Estatuto de Autonomía y 71.1 de la Constitución y que garantiza la "irresponsabilidad jurídica de los parlamenmtarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones".
No obstante, afirma que esta prerrogativa no puede amparar "cualquier actuación" y recuerda que la causa penal contra los tres imputados se abrió ante su "negativa" a cumplir los autos dictados por el Tribunal Supremo por los que ordenaba la disolución del grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak.
En el auto, fechado el pasado miércoles y trasladado hoy a las partes, la juez recuerda que los parlamentarios en el desempeño de su función tanto en las Cortes Generales como en las Cámaras de cada comunidad autónoma están "singularmente protegidos contra las acciones puedan ser actuadas contra ellos".
Así, indica que la "inviolabilidad" garantiza la "irresponsabilidad jurídica" de los representantes populares en las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, pero recuerda que ésta no "alcanza a las opiniones vertidas al margen del ejercicio de la función ni, por supuesto, a conductas distintas a las previstas en el ámbito de protección".
El auto señala que la finalidad del privilegio de inviolabilidad tiene como objetivo asegurar, a través de la libertad de expresión de los parlamentarios, "la libre formación de la voluntad del órgano legislativo al que pertenecen", pero considera evidente que éste "no ampara cualquier actiación de los parlamentarios, sino sólo sus declaraciones de juicio o voluntad".
Por ello, la juez instructora Nekane Bolado dispone proceder al archivo de las actuaciones en los términos solicitados por la defensa del caso.
MANOS LIMPIAS
Bolado recuerda en su auto que, tras la solicitud de sobreseimiento de la causa por parte de la defensa, Manos Limpias se opuso a que se archivara el caso y calificó de "tergiversadoras, infundadas y no ajustadas a derecho" las argumentaciones emitidas por Alberto Figueroa.
El colectivo de funcionarios pidió, de esta forma, que se continuase con las diligencias y se transformasen en procedimiento abreviado, con el fin de que se procediese a la apertura de juicio oral.
Por su parte, el Fiscal no realizó ninguna alegación al respecto, aunque el pasado miércoles pidió a la magistrada que ampliase la querella interpuesta contra los miembros de la Mesa de la Cámara vasca a los representantes de la Junta de portavoces Joseba Egibar (PNV), Rafa Larreina (EA) y Antton Morcillo (SA).
La juez deberá decidir si acepta que la denuncia se extienda a estos parlamentarios, a quienes el Ministerio Público considera "coperadores necesarios" para la comisión del delito de desobediencia por parte de Atutxa, Knörr y Bilbao.