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Las trabajadoras podrán acumular las horas de lactancia en días de descanso completos

Decisión de la Audiencia Nacional

Las horas de lactancia no disfrutadas podrán acumularse y disfrutar así de días de libranza. La Audiencia Nacional ha dado la razón al Comité de la empresa Aldeasa con un fallo en contra de la Dirección General de Trabajo que lo había impugnado.

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado contra el convenio colectivo de Aldeasa, que permitía a sus empleados acumular las horas de lactancia para disponer de días de descanso completos.

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Según informó hoy la Unión Sindical Obrera (USO), el convenio ampliaba el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, que ofrece a los empleados la posibilidad de disfrutar de una hora de ausencia del trabajo por lactancia, o media hora de reducción de la jornada con la misma finalidad.

El fallo considera que lo que hace la norma no es restringir, sino ampliar las posibilidades a las que las madres pueden optar para el mejor cuidado de los hijos, y no impide, a quien lo desee, optar por el sistema establecido en los Estatuto del Trabajador.

El secretario Confederal de Acción Social de USO, Josè Vía, afirmó que "el resultado de la sentencia beneficia la conciliación de la vida familiar y laboral", y añadió que no entiende "por què las directrices del Ejecutivo anterior se empeñaban en dificultar esta mejora".

 
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