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El Supremo obliga al Estado a indemnizar a los padres de un joven que contrajo la hepatitis C por "daños morales"

Aumenta la indemnización fijada en 1999 por la Audiencia Nacional

El Tribunal Supremo (TS) ha incrementado hasta los 214.734 euros la cantidad fijada por la Audiencia Nacional en 120.202 euros con la que el Estado indemnizará a un paciente que en 1992, cuando tenía 10 años, contrajo el virus de la hepatitis C al ser tratado con un hemoderivado más tarde retirado del mercado. El Alto Tribunal obliga al Estado a indemnizar a los padres por "los daños morales".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo estima el recurso de la familia del joven y anula la sentencia de la Audiencia Nacional que fijó en 120.202 euros la cantidad con la que la Estado tendría que indemnizar a la familia de R.A.L. en concepto de daños y perjuicios por el anormal funcionamiento de la Administración sanitaria.

La resolución de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia consideró probado que existía una relación de causalidad entre el servicio público prestado y la enfermedad contraída por el paciente por lo que resolvió contra el silencio administrativo del Ministerio de Sanidad y Consumo ante la reclamación de una indemnización por parte de los padres del joven.

Sin embargo, el TS expone que la conclusión de la Audiencia Nacional por la que en 1999 fijó en 120.202 euros la indemnización es "inmotivada" y convierte la sentencia en "incongruente por omisión y arbitraria", puesto que es "imposible conocer o ni siquiera intuir las razones jurídicas que determinan la indemnización que fija".

El Alto Tribunal agrega que la indemnización debe incluir también el daño que conlleva el que existan "fundadas posibilidades de que la enfermedad degenere, con lo que supone de espada de Damocles sobre el futuro de una persona".

Por esta razón, la Administración debe indemnizar al joven -que ahora tiene 22 años- con 124.583 euros por la enfermedad y el daño moral causado, mientras que sus padres deberán ser compensados con 45.975 euros cada uno por los perjuicios y daños morales que les ha causado la enfermedad de su hijo.

 

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