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El Constitucional ordena revisar dos sentencias de muerte de 1963

El Supremo consideraba que no había pruebas de "error patente y manifiesto" en la condena a muerte de Francisco Granado y Joaquín Delgado

El Tribunal Constitucional ha amparado a los familiares de dos personas ejecutadas durante la dictadura franquista y ha ordenado a la sala de lo Militar del Tribunal Supremo que continúe la tramitación del procedimiento para revisar la sentencia que les condenó a muerte en 1963. Francisco Granado y Joaquín Delgado fueron condenados a muerte y ejecutados el 17 de agosto de 1963.

Así lo ha acordado la Sala Primera del Tribunal Constitucional en una sentencia en la que se declara nulo el auto de la Sala de lo Militar del Supremo de 1999 que denegaba la autorización a los familiares de los ejecutados para interponer recurso de revisión de la sentencia de muerte.

Los hechos se remontan al 29 de julio de 1963, fecha en la que fueron colocadas dos bombas en Madrid, una en la Dirección General de Seguridad y la otra en la Delegación de Sindicatos, sin que su explosión causara ninguna víctima mortal, aunque sí numerosos heridos.

Dos días después fueron detenidos Francisco Granado y Joaquín Delgado, quienes el 13 de agosto de 1963 fueron condenados a muerte en una sentencia dictada por un Consejo de Guerra.

CONDENADOS POR TERRORISMO

La citada resolución considera probada la pertenencia de ambos a la Federación Ibérica de Juventudes Libertarias, la realización de diversas misiones para la citada organización y, en concreto, la colocación de los citados artefactos explosivos.

El Consejo de Guerra calificó los hechos de delito terrorista consistente "en provocar explosiones para atentar contra la seguridad pública y perturbar la tranquilidad, el orden y los servicios públicos, empleando medios y artificios capaces de ocasionar grandes estragos".

Granado y Delgado, que fueron "salvajemente torturados y en todo momento afirmaron su inocencia", según la Confederación General del Trabajo (CGT), que se ha personado como parte recurrente en el proceso, fueron ejecutados el 17 de agosto de 1963.

UN PROGRAMA DE TV EN 1996

Sin embargo, en 1996, en un programa de la televisión franco-alemana 'Arte', y tras una previa declaración ante notario, Antonio Martín y Sergio Hernández se autoinculparon de la instalación de los explosivos en 1963, revelación que se reprodujo en otros medios de comunicación españoles y tambièn en un programa de TVE en 1997.

Por ello, el 3 de febrero de 1998, los familiares de los dos ejecutados interpusieron recurso de revisión contra la referida sentencia ante el TS, que, en un auto dictado en 1999 acordó su inadmisión, lo que motivó que èstos solicitaran amparo ante el TC.

CGT: "NO OLVIDAR"

El Supremo consideraba que no existían medios de prueba suficientes a partir de los cuales pudiera evidenciarse un "error patente y manifiesto" en la sentencia del Consejo de Guerra. Ahora, el TC reconoce el derecho de los recurrentes a "utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa".

Para la CGT, no se puede olvidar "el silencio que se pretende con estos temas, ya que algunos de sus protagonistas aún están vivos y participando en la vida política: Manuel Fraga era ministro de Información en 1963, momento en el que la dictadura ejecuta a dos inocentes".

 

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